LO DISCUTIBLE Y LO INDISCUTIBLE

02 Feb 2013
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¿Cuáles serían los temas tratados a lo largo de seis horas entre el Presidente de la República y la Sala de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia?


Entre el Gobierno y los magistrados puede haber diálogo, acercamiento, buena disposición, relaciones cordiales, y ello encaja en el postulado del artículo 113 de la Constitución, que a todos les ordena, sin perjuicio de la separación de funciones, prestarse mutua colaboración para, cada uno en lo suyo, alcanzar los fines del Estado.


Pero entre el Gobierno y las Cortes hay temas dialogables y temas no dialogables. Hay cosas que se pueden acordar dentro de esa colaboración armónica. Otras no.


Así, se debe haber hablado el lunes acerca de proyectos de reforma  que el Ejecutivo quiera presentar a consideración del Congreso. Él tiene iniciativa al respecto y si, en la materia propia de la justicia se busca introducir enmiendas a la Carta, lo natural es que las iniciativas se consulten con ella y con las otras corporaciones.


También es posible discutir y dialogar sobre temas administrativos de la justicia. O acerca de la ilustración que puedan dar los magistrados al Gobierno, a manera de pedagogía, alrededor de las líneas jurisprudenciales establecidas en los distintos temas.


En cambio, no es discutible ni transigible el contenido de futuros fallos, ni el fondo de las providencias por dictar, porque la función judicial de la Corte es autónoma. No se puede compartir. El Gobierno no puede entrar en el ámbito específico de la jurisdicción, ni los jueces negociar con él sobre cómo conducen los procesos a su conocimiento, y menos acerca de la materia de las decisiones por adoptar. Todo eso se debe seguir única y exclusivamente dentro de los carriles trazados previamente y por vía general por las normas vigentes de la Constitución y de la ley. Que nadie piense que a los magistrados de la Corte se les pasaría siquiera por la mente someter la esfera propia de su jurisdicción al Gobierno, ni que entrarían en diálogo con el Presidente sobre si deben "suavizar" posiciones en materia de "parapolítica" o de "yidispolítica", ni acerca de otros procesos, ni en torno a conceptos sobre extradición. Ni que se comprometan a fallar o a conceptuar en determinado sentido. Ellos tienen vedado ese tipo de acuerdos, porque no pueden prevaricar. Y el Presidente lo sabe.

 

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Modificado por última vez en Domingo, 29 Junio 2014 00:45
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