NO A LA CENSURA

12 Abr 2011
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Bien hace el Congreso en modificar sustancialmente el indefinido texto del proyecto de Ley de Inteligencia en cuya virtud podrían ser sancionados con pena de prisión los periodistas y los directores de medios si publican informaciones o documentos clasificados.

 

Es que la vaguedad de los términos utilizados, así no hubiese existido mala intención, daba lugar a interpretaciones autoritarias. Las normas penales deben ser específicas y precisas.

 

Esta disposición, tal como se la redactó en un comienzo, no estableció distinciones que permitieran excluir a los informadores, y por tanto lo que proponía que se consagrara no era otra cosa que la censura, abiertamente contraria al artículo 20 de la Carta Política.

 

Como lo expresó la Corte Constitucional desde 1993, el enfoque legislativo en materia penal no puede ser ese, pues resulta ser un despropósito, y un verdadero equívoco en cuanto la pena no recae en los verdaderos causantes del daño implícito en las filtraciones de informaciones, datos o documentos legalmente reservados.

 

En estos casos debe responder el funcionario obligado a guardar la reserva, no el periodista, quien naturalmente la difundirá, si su contenido representa una noticia.

En esa hipótesis, los medios de comunicación solamente están cumpliendo su papel, primordial en una sociedad democrática, al paso que el servidor público “filtrador” aprovecha ilícitamente su cargo, casi siempre con oscuros propósitos.

 

Desde luego, ese funcionario está incumpliendo su deber; traiciona a su institución; vulnera las normas disciplinarias que le son aplicables, e incurre en una conducta que puede y debe ser objeto de sanción penal, pero esa responsabilidad no se le puede trasladar a quien ejerce el periodismo.

 

Afortunadamente, el coordinador ponente del Proyecto, Senador Juan Manuel Galán, ha anunciado la introducción de un parágrafo cuarto al artículo 28, para dejar en claro que el mandato de reserva no vincula a los periodistas ni a los medios de comunicación.

 

Sería bueno establecer si el texto original, abiertamente inconstitucional, era en realidad un “mico”, introducido por los redactores para censurar a la prensa, o apenas una gran “metida de pata” de quienes no saben redactar las normas jurídicas y que, por tanto, aunque bien intencionados, quieren decir una cosa pero escriben otra.

 

En cualquier caso, valió la pena haber alertado desde los medios, sobre un atentado más  -no es el primero-  contra el derecho a la información y la libertad de prensa.

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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