JURISPRUDENCIA. CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA. SUBSECCIÓN C. ACCION DE REPARACION DIRECTA.
Medio idóneo para perseguir la responsabilidad del Estado. Procedente para declarar la responsabilidad del Estado por hechos imputables a la administración de justicia”.
“La acción de reparación directa es el medio de control idóneo para perseguir la declaratoria de responsabilidad patrimonial del Estado cuando el daño invocado proviene de un hecho, omisión, operación administrativa o cualquier otra actuación estatal distinta a un contrato estatal o un acto administrativo, tal y como ocurre en este caso que se refiere a hechos imputables a la administración de justicia (art. 90 C.N., y art. 86 C.C.A.)”.
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