Punto de Referencia: LOS CONCURSOS Y EL MÉRITO. José Gregorio Hernández Galindo Destacado

Punto de Referencia: LOS CONCURSOS Y EL MÉRITO. José Gregorio Hernández Galindo Imagen: https://www.cnsc.gov.co/

 

Se han venido presentando y se siguen presentando muchos problemas en la práctica de los concursos que se llevan a cabo bajo la conducción de los organismos competentes para la provisión de cargos y para el ascenso, tanto en la carrera administrativa como en la judicial.

 

Dice el artículo 125 de la Constitución que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.

 

Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.

 

El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

 

El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la Constitución o la ley".

 

Lo que buscó el Constituyente, según la norma, no fue otra cosa que establecer el mérito como el criterio predominante para la selección y el ascenso, y asegurar también la estabilidad en los cargos, sin importar recomendaciones o favoritismos de orden político, familiar o de otra índole. Pero, para ello, es indispensable que se usen mecanismos adecuados, razonables y proporcionados con el objeto de determinar si se tiene o no, si una persona califica o no para desempeñar ciertos cargos o para ascender en el servicio. Lo que importa es el buen servicio público, con criterio de excelencia, no la selección ajena al tipo de servicio que se prestará.

 

En materia de carrera administrativa, se ha expedido la Ley 1960 de 2019, que estableció nuevas reglas, pero los procesos se han seguido adelantando en un gran desorden, y practicando pruebas que no tienen en cuenta el tipo de funciones previstas en los manuales, tanto para el acceso a la carrera como para los ascensos. Inclusive, en algunos casos se ha descalificado a los aspirantes con base en exámenes en que las preguntas giran alrededor de asuntos no relacionados con las actividades propias de las correspondientes competencias funcionales.

 

Sería aconsejable suspender algunos procesos en curso, y reiniciar los trámites viciados, aplicando las nuevas normas legales. 

 
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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