LA CAÍDA DEL ESTATUTO

01 Sep 2004
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Una vez más, con la serenidad que imprime el ejercicio de la sagrada función que le ha sido confiada en defensa de la efectiva vigencia del Ordenamiento Fundamental, la Corte Constitucional ha declarado inexequible por razones de trámite el Acto Legislativo número 2 de 2003, conocido como “Estatuto Antiterrorista”.

 

Es una lástima que la declaración de inconstitucionalidad se haya producido apenas por una razón formal respecto de la cual la Corte no tenía otro remedio que el de fallar como lo hizo, y no por los gravísimos motivos de contradicción entre las nuevas normas y la esencia de la Carta Política de 1991, el bloque de constitucionalidad y los tratados internacionales ratificados por Colombia sobre derechos humanos.

 

Como lo hemos dicho en otras ocasiones, los preceptos que ahora han sido retirados del sistema jurídico generaban inmensas posibilidades de abuso de las autoridades y dejaban desprotegida a la población frente a los mismos, en cuanto se suprimía la exigencia plasmada en 1991 de una indispensable orden judicial para los efectos de detenciones, allanamientos e interceptaciones telefónicas.

 

Las garantías esenciales en una democracia, la libertad y la dignidad de las personas y su intimidad, se concebían como subalternas de una razón de Estado tildada como  “seguridad democrática”,  dentro de un enfoque que eliminaba con carácter permanente la reserva judicial de tales decisiones, so pretexto de la lucha contra el terrorismo, situación que me lleva a afirmar que lo deseable habría sido un perentorio pronunciamiento de la Corte acerca de que el Constituyente derivado estaba sustituyendo elementos fundamentales de la Constitución, y carecía de competencia para ello.

 

Ya se han producido las primeras reacciones, orientadas algunas de ellas a pedir una nulidad de la sentencia sin que haya motivo alguno de violación del debido proceso durante el trámite que se surtió en la Corte Constitucional, y otras a resucitar los inconstitucionales textos mediante su inclusión talvez en el proyecto de Acto Legislativo que reforma la Administración de Justicia.

 

Si ello es verdad, se equivoca en materia grave el Ejecutivo, pues incurre en el despropósito de comprometer a la Administración de Justicia precisamente en la nada democrática determinación de privar a los jueces de sus competencias y responsabilidades en la defensa de los derechos humanos, y enturbia innecesariamente cualquier debate, que debería ser de fondo, sobre los enormes  problemas que actualmente afronta la Rama Judicial.

 

Desde luego, también se ha atacado sin justificación a la Corte Constitucional, como siempre que los magistrados cumplen con la función encomendada, y no será extraño ver que en estos días retorne a los pasillos del Congreso el fantasma de la supresión del Tribunal Constitucional, objetivo que impediremos los demócratas.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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