No es alentador desde el punto de vista del debido ejercicio de la democracia ni bajo la perspectiva del equilibrio armónico entre las ramas del poder público, el antecedente creado por el “ultimátum” del Presidente Uribe y de su Ministro del Interior a los miembros del Congreso de la República con el fin de lograr, como en efecto lograron, en cuestión de horas, la aprobación de los artículos integrantes de la ley que convoca el referendo.
Es un pésimo precedente, también, en lo que se relaciona con la independencia y autonomía del Congreso. De este Congreso que algunos han querido señalar, con grandes esperanzas no exentas de ingenuidad, como un “Congreso admirable”.
Lo que la Constitución establece, con base en las directrices esenciales del Estado de Derecho y según postulados enunciados por Montesquieu y flexibilizados por la doctrina constitucional moderna, es una atribución de funciones diversas que deben ejercerse de modo independiente por los titulares de las distintas ramas y órganos del poder público, sin perjuicio de la necesaria cooperación entre unas y otros, con miras a la realización de las finalidades propias de la organización estatal (Art. 113 C.P.).
El Congreso, como órgano representativo de elección popular, dista mucho de ser –como quieren ahora- un apéndice del Ejecutivo, un ministerio más, o un cuerpo del bolsillo del Presidente, pues, al contrario, su verdadera y esencial función, además de la legislativa y la constituyente, consiste en el control político, que puede ejercer en todo tiempo y sin restricciones.
En cuanto al referendo, es por algo que el artículo 378 de la Constitución Política ordena que se convoque por parte del Congreso, y no del Gobierno directamente, mediante una ley de la República que, por supuesto, implica debate, y todavía más, la posibilidad de que el Legislativo niegue parcial o totalmente la propuesta gubernamental. Lo demás es convertir a los congresistas en títeres o muñecos en manos del Presidente de la República, y esa condición, tan desafortunada y débil, sí debería llevar no sólo a su revocatoria sino a la supresión de una institución que en tal caso pasaría a ser completamente inútil.
15 DE OCTUBRE DE 2002