Finalizando la República, los prudentes o consejeros de los jurisconsultos en temas jurídicos se interesaron por la filosofía griega[1], específicamente, por el estoicismo fundado por Zenon de Citio en el año 313 a. de C.
La severa moral de los estoicos; sus elevadas doctrinas; el desprendimiento de lo material para alcanzar una vida guiada por la razón y la virtud, adquieren gran difusión entre las élites romanas.
De esta forma aunque las decisiones de los jurisconsultos para esta época no formaban de ningún modo una fuente de derecho escrito, si tenían en la práctica una fuerte connotación de autoridad moral. Los jurisconsultos dedicados diariamente a la práctica del derecho, interpretando las partes dudosas, deduciendo las consecuencias y respetando la ley, desarrollaron y perfeccionaron las aplicaciones del derecho. Por ende, las decisiones de los jurisconsultos llamadas sententioe receptoe, formaron una parte importante del derecho no escrito, que no recibieron nombre especial, como las demás fuentes del derecho, pero quedó designada bajo la aplicación común de jus civile.
Entre los más respetados jurisconsultos de este periodo, a pesar de que nada nos quedó de sus obras, podemos citar:
* En el siglo VI, M. Porcio Catón, el censor y su hijo apellidado Luciniano.
* En el siglo VII, P. Ritilion Rufo y el gran Pontifice Q. Mucio Scévola: fue el primero en usar el método de Aristóteles, hace una exposición de los principios del derecho.
* Dos amigos de Cicerón: C. Aquilio Galo y Servio Sulpicio Rufo, éste último celebre por el número y mérito de sus obras.
Es durante el periodo del imperios, que los escritos de los prudentes alcanzarán su más alto grado de perfección.
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[1] La filosofía griega, en un principio, fue objetada por el senado y los censores. Solo a finales de la República fue profesada libremente en Roma.