La Corte Constitucional tiene a su cargo la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, y en esa tarea ha venido desempeñándose desde el 17 de febrero de 1992, es decir hace 19 años.
Han transcurrido, desde su instalación, el período transitorio de un año -entre el 17 de febrero de 1992 y el 28 de febrero de 1993-, dos períodos completos de ocho años -1 de marzo de 1993 a 28 de febrero de 2001, y 1 de marzo de 2001 a 28 de febrero de 2009-, y corre el período de los actuales magistrados, que principió el 1 de marzo de 2009, en lo que respecta a seis de ellos.
No podemos afirmar que en la actividad de la Corte todo haya sido aciertos. Muchos son los fallos respecto de los cuales se han formulado duros cuestionamientos desde la academia y desde el interior de la misma Corporación, en salvamentos de voto presentados por los magistrados. Pero indudablemente, es mucho mayor el número de las sentencias acertadas. Y ha sido en virtud de las decisiones de constitucionalidad y de revisión de tutelas que la Carta Política de 1991 ha podido alcanzar, si no en un ciento por ciento, al menos en buena parte algún grado de concreción y efectividad.
No puede olvidarse que el tránsito entre la Constitución de 1886, derogada expresamente por el artículo 380 de la actual, y el nuevo orden jurídico ha corrido primordialmente a cargo de la Corte. Puesto que los cambios se produjeron en la cúspide, es decir en las normas superiores, y subsistió por tanto la normatividad preconstitucional en los niveles inferiores, el Tribunal Constitucional ha empleado todos estos años en la dispendiosa función de adecuar, con los necesarios condicionamientos y con las inevitables declaraciones de inexequibilidad -según las características de cada disposición examinada-, las reglas del nivel legislativo a los postulados y valores plasmados por el Estatuto Fundamental, con la consiguiente incidencia en los otros grados normativos dentro de la pirámide jurídica del Estado colombiano, y en la interpretación y aplicación del Derecho.
Ello exigió, por supuesto la especial dedicación de los magistrados al diseño de una jurisprudencia y de una doctrina constitucional que reflejara las bases institucionales sentadas por la Asamblea Constituyente en 1991, guardando simultáneamente una mínima coherencia, que en líneas generales se ha conseguido sostener.
La Corte, con sus providencias, hace vivir la Constitución.