La Sección Quinta del Consejo de Estado ratificó la nulidad de la elección del director de tránsito y transporte del Casanare, realizada mediante Resolución No. 0375 de 25 de junio de 2013 y advirtió que las condiciones académicas o de experiencia que deben cumplirse para desempeñar determinado cargo se violan en los eventos, como el presente, en los cuales resulta claro que la formación académica y profesional del aspirante no tiene ningún tipo de relación con la naturaleza del cargo a desempeñar.
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