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Jurisprudencia: Abogada EXCLUIDA del ejercicio profesional, por incurrir en la falta consagrada en el artículo 33 numeral 9 de la ley 1123 de 2007 Destacado
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA. Abogada EXCLUIDA del ejercicio profesional, por incurrir en la falta consagrada en el artículo 33 numeral 9 de la ley 1123 de 2007.- “Son faltas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado: 9.- Aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos, del Estado o de la comunidad”. La profesional del derecho, le solicitó 3 millones de pesos a la familia de su cliente, para entregárselos a un empleado judicial, en aras de que éste le concediera la libertad al detenido y en todo caso prometió regresar los honorarios, si no salía libre. La familia del quejoso solicitó un crédito para reunir el dinero y el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas negó la solicitud de libertad.
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