Diccionario Juridico: Inoponibilidad de contratos mercantiles. Destacado
El artículo 901 del Código de Comercio establece: “Será inoponible a terceros el negocio jurídico celebrado sin cumplir con los requisitos de publicidad que la ley exija.” Esta disposición busca poner en conocimiento de los terceros, las distintas relaciones jurídicas que se hayan contraído por dos o más partes, de tal forma que aquellos, los terceros, no puedan desconocer los efectos que de dichas relaciones se derivan.
Desde luego, si no hay publicidad, si no hay conocimiento público acerca del contrato celebrado, los terceros no tienen por qué enterarse, de manera que el contrato respectivo, el acuerdo al que hayan llegado unas ciertas personas que no publican esos contratos, que no los hacen conocer a terceros, no pueden aspirar a que los terceros les reconozcan esos contratos o actos. Son en consecuencia, contratos o actos inoponibles a terceros.

La Voz del Derecho
Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.
Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Lo último de La Voz del Derecho
- MEDICINA FORENSE: El sedentarismo
- DEPORTE AL DERECHO: Las comisiones de los agentes a revisión por el VAR europeo
- LA VOZ DEL BUEN TRATO: La visión del Parlamento Europeo sobre la violencia doméstica
- PA DÓNDE VAMOS: Episodio #5 Se cae la Consulta Popular y revive la Reforma Laboral. ¿Qué sigue? Lo analizamos con Yann Basset
- PANORAMA ECONÓMICO: Colombia entra a ser parte de la Ruta de la Seda
- LA VOZ DEL BUEN TRATO: La violencia vicaria
- DEPORTE AL DERECHO: Cláusulas particulares y exóticas en los contratos de futbolistas profesionales
- PANORAMA ECONÓMICO: Calendario Tributario de Bogotá
- PANORAMA ECONÓMICO: La influencia china en Latinoamérica
- LA VOZ DEL BUEN TRATO: Los niños en la guerra: Convenio Facultativo de la Convención de los Derechos del niño