C. I. J. : CARÁCTER DEFINITIVO DEL FALLO

18 Feb 2013
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POR JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

 
Anuncian los abogados de la firma londinense Volterra Fietta –contratada por el Gobierno colombiano- que en el mes de mayo entregarán un informe sobre el estudio jurídico que adelantan “para hacerle frente” al fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre delimitación marítima con Nicaragua.
 
La Canciller María Ángela Holguín estuvo recorriendo San Andrés y Providencia con Robert Volterra, uno de los abogados ingleses, y ese recorrido tenía por objeto –según explican- dialogar con los pobladores y pescadores de la zona, pues –dicen- los testimonios servirán “de insumos” para el informe que preparan los litigantes extranjeros.
 
Para decirlo sinceramente, no creemos que esa visita, ni el informe que se anuncia, ni la contratación misma de los abogados británicos agreguen gran cosa a lo que ya sabemos los abogados colombianos acerca del fallo, su carácter definitivo, sus consecuencias y las escasas posibilidades de orden jurídico existentes con miras a conseguir la anulación o modificación de la sentencia.
 
Desde luego, todos los colombianos veríamos con muy buenos ojos que esa providencia, que puso fin a un pleito de once años con Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia, desapareciera del panorama; se echara para atrás; que recuperáramos la totalidad de los derechos de explotación económica en la zona del mar Caribe; que se regresara a la delimitación del Meridiano 82; en suma, que ganáramos el proceso que ya perdimos.
 
Pero debemos ser realistas. El fallo está dictado. Ha hecho tránsito a cosa juzgada. Colombia –bien o mal- participó en el proceso; se atuvo a los resultados del mismo, e inclusive venció a Nicaragua –y ello consta en la misma sentencia- en lo que respecta a la total soberanía colombiana sobre las islas, islotes y cayos de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
 
Además, sin necesidad de acudir a los costosos servicios de los bufetes londinenses, todos sabemos –y sabíamos desde antes de proferida la sentencia- que ella es inapelable y definitiva; que el Estado colombiano debe acatarla, y que, si bien cabe la solicitud de aclaración y hasta puede pensarse en un eventual y extraordinario recurso de revisión si se cumplieran los requisitos del mismo y aparecieran hechos nuevos, lo cierto es que tenemos el pleito perdido en cuanto a los derechos económicos en el área marítima delimitada por la Corte, y que en el terreno jurídico es muy poco lo que le queda por hacer a Colombia.
 
Pero, en fin, el Gobierno no les cree a los internacionalistas colombianos. Vamos a ver si los extranjeros logran “tumbar” el fallo de la C.I.J., aunque a decir verdad, lo vemos difícil, por no decir que imposible.
 
Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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