EL CÓNSUL Y EL ASESOR

04 Dic 2008
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El episodio que dio lugar a la renuncia del Cónsul de Colombia en Maracaibo, a causa de una conversación telefónica divulgada por la televisión venezolana, entre él y el asesor presidencial José Obdulio Gaviria, suscita una vez más las reflexiones acerca de la manera como nuestros diplomáticos ejercen su función, y sobre la necesidad urgente de organizar el Ministerio de Relaciones Exteriores, de manera que quienes desempeñen cargos en el exterior a nombre de Colombia pertenezcan a una carrera diplomática seria y exigente.


Desde luego, es censurable que -como lo ha reclamado el Canciller- haya sido interceptada sin orden judicial la línea telefónica de nuestro representante consular, y también debe deplorarse el irrespetuoso lenguaje utilizado por el periodista que presentó la información, contra el Presidente colombiano.


No obstante, los funcionarios -no solamente los diplomáticos, sino todos- deberían convencerse de que, una vez asumen sus cargos, todo cuanto digan y hagan compromete al Estado colombiano, y al Gobierno, por lo cual debe ser erradicada la práctica de estar hablando “a título personal”, como si un ministro, un embajador, un cónsul…… pudieran darse el lujo de quitarse, cada vez que quieren, la camiseta del Ejecutivo y separar por completo sus actuaciones de las altas responsabilidades que les competen.


Inclusive en sus conversaciones telefónicas o personales de carácter privado, los funcionarios siguen siendo funcionarios, y tendrían que cuidarse en grado sumo, para evitar consecuencias desagradables, filtraciones o tergiversaciones.


En el caso de un diplomático, no es de recibo que, siendo representante de Colombia ante otro Estado, exprese su inclinación por tendencias políticas que ni siquiera son de su país sino precisamente del país extranjero en el que actúa, toda vez que ello se opone al concepto mismo de diplomacia y a sus reglas.


En cuanto a la otra parte de la conversación, tampoco le corresponde a quien asesora al Presidente de Colombia comprometerlo en determinadas posiciones políticas del exclusivo interés de otro Estado, menos todavía si el asesor habla con un representante de Colombia ante ese Estado.


El Procurador General, doctor Edgardo Maya, tiene además toda la razón en que no puede controlar al asesor disciplinariamente, por no tener un vínculo legal y reglamentario con el Estado, es decir, por no ser un servidor público, sino un contratista de organización internacional. Pero esa modalidad de ejercicio de poder también es indebida, por cuanto se cumplen funciones, se representa al Gobierno, se usan oficinas y vehículos del Estado, se habla a nombre del Presidente, y se influye en muchas cosas, pero sin ninguna responsabilidad, y sin que las funciones respectivas se encuentren detalladas en ley o reglamento, como lo exige el artículo 122 de la Constitución Política.


Bien dice el doctor Maya que esa forma de vinculación, en cargos que necesariamente implican el ejercicio de poder en las más altas esferas, debe acabarse. Agregamos que, en nuestro criterio, es inconstitucional.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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