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JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO.- LLAMAMIENTO A CALIFICAR SERVICIOS. Destacado
El Consejo de Estado “ha fijado el criterio según el cual no es necesario expresar las razones por las que se desvincula a un oficial de la Policía Nacional, en tanto la motivación está prevista en la ley”. (…) Los artículos 1 y 3 de la Ley 857 de 2003 solo exigen cumplir los requisitos para acceder a la asignación de retiro y un concepto previo de la junta asesora del Ministerio de Defensa para la Policía Nacional.
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