LOS MENORES Y SU RESPONSABILIDAD PENAL

02 Sep 2012
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POR AROLDO QUIROZ MONSALVO (*)

 

Parresía

 

¿QUÉ ESTÁ PASANDO CON LA RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL?

Con la puesta en marcha del Código de la Infancia y la Adolescencia se vislumbraba  la posibilidad de generar una metamorfosis en la prestación de  los  servicios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar,   especialmente  en lo que hace  referencia   a la prevención y rehabilitación educativa de  los adolescentes en riesgo de infringir la Ley Penal Colombiana y aquellos que por cualquier circunstancia incurrieran en algún delito.
 
Desafortunadamente el ICBF no ha tenido la estatura para afrontar el problema  del fenómeno de  la delincuencia  juvenil en nuestro país; de nuevo se  tropieza  con el círculo vicioso en el que venía antes de la expedición del citado Código, exigiendo reformas y  aumentos de penas para los delitos  penales en que incurren los adolescentes. Esto  a raíz del reciente caso del joven  que a través de una prueba de ADN que practicara  el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se confirma que dicho joven había  protagonizado el atentado contra el exministro Fernando Londoño el 15 de mayo del año en curso, que dejó dos muertos y un centenar de heridos en la ciudad de Bogotá.
 
El aumento de penas propuesto por el actual Director del ICBF, ante los medios de comunicación no resuelve el problema. Es un simple sofisma que de manera irresponsable hizo el actual Director. No se sabe si el Director Molano ha leído la Ley de Seguridad Ciudadana que reformó el actual Código de Infancia y Adolescencia en la materia;  en la cual se propusieron penas drásticas a esta situación, esto por iniciativa del entonces Ministro del Interior y Justicia, doctor German Vargas Lleras, quien  le vendía al país la panacea de la solución al fenómeno de la delincuencia Juvenil con la llamada Ley de Seguridad Ciudadana;  con el aumento de las penas que trae la Ley de seguridad al fenómeno de la delincuencia juvenil el problema estaba  resuelto. Ley que el actual director ni siquiera conoce. según lo escuchado en los medios de comunicación.
 
En una investigación reciente demostré que el Estado colombiano no ha tenido la capacidad de evitar que los niños y adolescentes incurran en delitos o actos de violencia, razón por la cual el fenómeno tiende a aumentar, ya que pasamos de una tasa promedio de 5.9% de aprehensión de niños/adolescentes por la Policía Nacional en la década de los 70-80-90, al 16% entre los años 2005 a 2007, ascendiendo en un 150%, lo que me permite afirmar que tanto las reformas al sistema de justicia penal para adolescentes antes de la vigencia del actual  Código de la Infancia y la Adolescencia; así como el diseño de las políticas públicas de niñez y la aprobación  de dos Conpes en los años 1991 y 2010 respectivamente, no han dado respuesta a la prevención y disminución de la delincuencia de adolescentes.
 
Esto se confirma con las tasas de aprehensión de adolescentes que han infringido la Ley penal en los últimos 30 años; en 1985 la tasa por 100.000 niños, en el rango de 7 a 18 años de edad  es de 56.5% niños aprehendidos; en 1989 descendió a 46,3%; aumentó nuevamente en 1991 a 174,1%, y solo descendió de nuevo en 1993 que estuvo en 91,9%. La situación más crítica se presentó a  inicios de la presente década, donde alcanzamos tasas de 441,6% niños en 2002, de 1032,8% en el 2005, de 1017,3% en el 2006, terminando el 2007 con una tasa de 767,3% niños aprehendido, tasas que se han mantenido en estos últimos  años,  sin que el Estado haya podido bajar con sus tales reformas.
 
Lo que muestra que en 1985 un niño cometía 5,26 delitos promedio por día, en 1991 el promedio llegó a 16,29 delitos por día, en 1999 llegó a 18,25 delitos, a inicios del presente siglo 2002 se disparó a 48,43 delitos por día, en el 2004  a 82,76, en el 2006  la tasa llego a  117,99 delitos por día. En consecuencia, los índices demuestran  que un niño comete  aproximadamente 5 delitos por hora, situación bastante preocupante y  lo más triste es que se mantiene,  sin que con la actual política del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y su Sistema se pueda garantizar la prevención de la delincuencia juvenil.
 
Por lo tanto el Estado tiene que entrar en una política de choque tendiente a desactivar dicha bomba, como son los fenómenos  que la generan: la pobreza, el acceso a la educación, la violencia intrafamiliar, la ineficacia de la justicia y la inoperancia del ICBF.
 
En consecuencia, el Estado debe permitir el acompañamiento de  Naciones Unidas en la elaboración de una política pública de prevención, como lo exigen los estándares internacionales de Derechos Humanos,  teniendo en cuenta su experiencia e idoneidad en el manejo de indicadores  y soluciones en esta materia tan sensible y vulnerable para la población colombiana.
 
 
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(*) Ex Procurador Delegado Para la Defensa de la Familia, Infancia y Adolescencia. Autor de varios libros en materia de Derecho de Familia. Profesor Académico U. Andes, Nacional, Santo Tomás y Libre.
 
 
 
  
 
Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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