Actualmente, Colombia transita hacia un panorama alentador para los trabajadores, dada la aprobación en segundo debatedel Proyecto de ley referente a la remuneración de las horas extra nocturnas. Esta remuneración tiene como antecedente la reforma adoptada durante el gobierno Uribe a través de la ley 789 del 27 de Diciembre de 2002 por medio de la cual entre muchas otras disposiciones se contemplaba el recargo del pago del 35% adicional a la hora diurna ordinaria en los horarios de 10:00 pm a 6:00 am .
Con la iniciativa del Congresista Oscar de Jesús Hurtado se busca dar reversa a la ley 789 de 2002, con el fin de modificar y considerar como horario nocturno, el tiempo comprendido entre las 8:00 pm y 6:00 am. A su vez, para el trabajo de los domingos y festivos se busca remunerar con un recargo del 100 % de la hora diurna.
Ahora bien, es importante evaluar la operatividad de la ley 789 de 2002, la cual entre los variados temas que regulaba implicaba la posibilidad de reducir los costos laborales y de fomentar la creación de empleos por parte de las empresas. Sin embargo, no hubo un seguimiento a la operatividad ni a las cifras de empleos generados a partir de esta ley, lo cual deja en tela de juicio su efectividad, ya que las empresas no se vieron incentivadas a contratar más personal, pues ya contaban con la mano de obra suficiente.
Quizás en su momento la ley se planteó con muy buenas intenciones pero mientras buscó ser una ley proempleo desmejoró el pago de los trabajadores, siendo de esta manera regresiva en el pago de los aportes de la seguridad social, especialmente frente al tema pensional. Igualmente, esta reforma abrió la posibilidad al empleador y al trabajador de acordar jornadas laborales de hasta 10 horas al día sin el pago de recargo, claro está “siempre y cuando” no se excedan las 48 horas semanales.
Por su parte, no se puede olvidar que el derecho laboral es proteccionista frente al trabajador, en la medida en que reconoce la asimetrías existentes entre los empleadores (que son las dueños del capital) y los empleados (que son la parte débil al encontrarse subordinados a las ordenes y dependientes económicamente de los empleadores). Desde esta perspectiva se debe dar un apalancamiento a políticas públicas y normativas que permitan la mejora de los derechos amparados constitucionalmente.
Volviendo al escenario de la iniciativa actual, la propuesta del cambio se evidenció desde la segunda campaña presidencial del Presidente Juan Manuel Santos, quien incluyó dentro de sus promesas la posibilidad de “volver al recargo que tenían que pagar los empleadores por las horas extra antes de la ley 789 de 2002”.[1] Sin duda, el apoyo del Presidente permitió que se abriera el debate por parte del gobierno para la creación del Proyecto de ley.
A partir de este panorama, es importante resaltar que la actual Ministra de Trabajo, Clara López, ha manifestado que “esta es una iniciativa social que beneficia a la clase trabajadora”. [2] Punto de vista que busca proteger más al trabajador al retribuir con un pago mayor su labor dentro del período de tiempo previamente mencionado, lo cual en últimas va a interferir en el pago de las prestaciones de seguridad social, pero especialmente va a tener gran incidencia en la liquidación de la futura pensión del trabajador.
Pese a este panorama, desde la aprobación en segundo debate, existen sectores opositores en los que se encuentran: Gremios como la Asociación Nacional de Exportadores (ANALDEX), la Asociación Nacional de Empresarios (ANDI) y la Federación Nacional del Comercio (FENALCO). [3] Sus razones aluden a la posible falta de interés por parte de inversionistas extranjeros, lo cual límita el amplio mundo de características que son contempladas por los inversionistas, como lo es el proceso de paz por el que atraviesa el país, los incentivos tributarios para las nuevas empresas, la riqueza del país, las barreras de entrada, los riesgos de la inversión, entre otros.
Finalmente, dadas estas reflexiones, al replantear los horarios para generar el pago de recargos extras a favor del trabajador se les garantizan mejores condiciones laborales que aunque afecten el bolsillo de los empleadores, debe ser el eje central del gobierno. Ahora bien, aunque aún faltan dos debates para la sanción presidencial es importante que se tomen medidas de protección de los derechos laborales. A su vez, es indispensable que se evalúe la operatividad de la ley 789 y si es el caso de la nueva regulación.
Mónica Mojica Buitrago
Abogada Universidad del Rosario
Miembro del Centro de Estudios Integrales en Derecho (CEID)
Twitter: @MonicaMojicaB
[1]Dinero, costo horas extra para empresas colombianas. Recuperado de: http://www.dinero.com/edicion-impresa/editorial/articulo/costo-horas-extra-para-empresas-colombianas/200617
[2] El espectador, Revive pago de horas extras dominicales y festivos. Recuperado de: http://www.elespectador.com/noticias/politica/revive-pago-de-horas-extras-dominicales-y-festivos-articulo-638110
[3] El espectador, Estos son los que se oponen a que las horas extras empiecen a las 8:00 pm. Recuperado de: http://www.elespectador.com/noticias/economia/estos-son-los-se-oponen-horas-extras-empiecen-800-pm-articulo-664019