OPINIÓN: Análisis del proceso ejecutivo arbitral. Luis Alfonso Torres Eraso Destacado

26 Jul 2024
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El proceso ejecutivo es el mecanismo procesal que tienen los ciudadanos para acudir al estado con el fin de cobrar sus obligaciones que se encuentran insolutas con base en una prueba de la obligación que se denomina título ejecutivo. En este proceso el ciudadano solicita al estado por medios de sus jueces que conmine al deudor a pagar las obligaciones insatisfechas por medio de la fuerza legitima materializada en medidas como el embargo y secuestro de bienes, para un posterior remate (venta forzosa) en la mayoría de los casos. Dicha fuerza estatal es legítima puesto que los ciudadanos delegamos este poder al estado con el fin de evitar violencia entre particulares y resolver conflictos de forma racional por parte de las autoridades legítimamente constituidas. 

En la actualidad cursa en el congreso un proyecto de ley en donde se permitiría a los particulares administrar justicia en este tipo de procesos, esto es, facultarle al arbitramento conocer de procesos ejecutivos y decretar medidas cautelares, lo cual conllevaría a delegar parte del monopolio de la fuerza pública a entes privados quienes serían contratados directamente por los acreedores. Se debe señalar que este proyecto busca privatizar la justicia y beneficiar a quien detentan grandes capitales puesto que ellos podrían acceder a una justicia privada y con celeridad a diferencia de las mayorías de personas de nuestra nación. 

Es necesario que nuestros congresistas analicen profundamente este proyecto de ley puesto que estarían permitiendo delegar el monopolio de la fuerza a particulares creando más desigualdades en nuestra sociedad y privatizando el derecho fundamental al acceso a la justicia que es base de nuestra democracia.

Este tipo de legislación generan grandes cuestionamientos, por ejemplo: ¿Qué patrimonio garantizaría el pago de perjuicios ante las malas prácticas de los árbitros? ¿Sera obligatorio constituir una póliza por parte de los árbitros para garantizar el pago de perjuicios? ¿Quién garantizará la seguridad de los árbitros que decreten medidas cautelares y lleven adelante remates en una sociedad como la nuestra? ¿Cómo se garantiza la imparcialidad de aquellos que administran justicia si serán pagados por las partes? ¿Es posible delegar el monopolio de la fuerza a particulares en un país tan desigual y violento? ¿Existirán procesos pro-bono o gratuitos en favor de las clases menos favorecidas?

Bajo mi opinión, la solución no es delegar la administración de justicia a particulares generando más desigualdad en nuestra sociedad, en donde, los que tengan dinero puedan acudir a una justicia rápida y efectiva, les decreten y practiquen medidas cautelares de forma célere, fijen fechas de remates de forma automática, mientras el resto de la verdadera Colombia deba luchar sus pretensiones en una justicia lenta y paquidérmica. En su lugar, es necesario de manera urgente robustecer a nuestra administración de justicia creando nuevos despachos judiciales que agilicen el trámite de los procesos ejecutivos y puedan cubrir la demanda exigida por la comunidad. Por último, para todos los interesados en conocer y realizar un análisis exhaustivo de este debate les recomiendo leer la sentencia T – 057 de 1995 de la Corte Constitucional donde se desarrolla esta temática. 

 

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Modificado por última vez en Viernes, 26 Julio 2024 14:19
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