ACTA DE ACUERDO SUSCRITA ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA RAMA JUDICIAL Y FISCALIA GENERAL DE LA NACION.
Siendo las nueve y Cuarenta y uno (9:41) de la noche del día Martes Seis (6) de Noviembre de Dos Mil Doce (2012), reunidos en las instalaciones del Ministerio de Justicia y del Derecho y, con el fin de realizar la nivelación de la remuneración de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y Fiscalía General de la Nación, los representantes de los FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA RAMA JUDICIAL Y FISCALIA GENERAL DE LA NACION y el Gobierno Nacional, por intermedio de los Ministerios de Justicia y del Derecho, Hacienda y Crédito Público y Trabajo y Seguridad Social, junto con la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General de la Nación,
ACUERDAN:
1.- Reconocer el Derecho a los Funcionarios y empleados de la Rama Judicial y Fiscalía General de la Nación a tener una nivelación en la remuneración en los términos de la Ley 4ª de 1992, atendiendo criterios de equidad.
2.- Para los efectos a que se refiere el numeral anterior, el Gobierno Nacional dispondrá de la suma de UN BILLÓN DOSCIENTOS VEINTE MIL MILLONES ($1.220.000.000.000) DE PESOS Mcte, cifra que se distribuirá en los presupuestos anuales, iniciando en la vigencia fiscal de 2013, y culminando en la vigencia Fiscal de 2018.
A partir del año 2014, se dispondrá de una suma de DOSCIENTOS MIL MILLONES DE PESOS ($200.000.000.000) anuales, de los cuales, CIENTO VEINTE MIL MILLONES ($120.000.000.000), serán aportados por el Gobierno Nacional y los restantes OCHENTA MIL MILLONES ($80.000.000.000) de los presupuestos de la Rama Judicial y la Fiscalía General de la Nación.
3.- A partir del año 2013, se iniciará el proceso de nivelación de la Rama Judicial, en la cuantía apropiada para el efecto, esto es, CIENTO VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($120.000.000.000).
El proceso de ajustes en los sistemas de remuneración de los funcionarios y empleados de la Fiscalía General de la Nación, iniciará igualmente en la vigencia fiscal del 2013 y se realizará de forma equivalente al proceso que se realice para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, con el monto que para ello se requiera.
4.- Se conformará una Mesa Técnica Paritaria con el objeto de realizar y aplicar las cifras y montos establecidos en el numeral segundo, referidos a la nivelación de la remuneración en los términos de la Ley 4 de 1992.
Dicha mesa, tendrá un término de CUARENTA Y CINCO (45) días contados a partir de la conformación de la misma, prorrogables por voluntad de los integrantes de esta mesa, si fuere necesario hasta por un término no superior a diez (10) días. La mesa técnica, sesionará de forma continua y permanente, teniendo como insumo el Estudio presentado por el Consejo Superior de la Judicatura. La constitución de la mesa, se hará a más tardar dentro de los 5 días siguientes a la suscripción de este acuerdo.
5. La mesa técnica de que trata el numeral anterior estará conformada por:
1. Un (1) delegado principal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
2. Un (1) delegado principal del Ministerio del Trabajo
3. Un (1) delegado principal del Ministerio de Justicia y del Derecho
4. Un (1) delegado principal del Departamento Administrativo de la Función Pública
5. Un (1) delegado principal de la Sala Administrativa del Consejo Superior de La Judicatura.
6. Un (1) delegado principal de la Fiscalía General de la Nación.
7. Seis (6) delegados principales de los funcionarios y trabajadores de la Rama Judicial y de la Fiscalía General de la Nación.
Cada uno de los delegados principales podrá contar con un suplente, quien lo remplazará únicamente en caso de faltas absolutas o temporales debidamente justificadas.
Parágrafo: una vez culminado el estudio de la mesa técnica, el Gobierno Nacional emitirá las normas o decretos correspondientes en que se contengan las conclusiones finales de esta mesa técnica.
6. Los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y de la Fiscalía General de la Nación que participaron en el cese de actividades, se comprometen a recuperar el tiempo dejado de laborar con motivo de dicho cese.
7. Los representantes de los empleados y funcionarios de la Rama Judicial y de la Fiscalía General de la Nación convocan en la fecha del presente acuerdo a la reanudación de la prestación del servicio, a más tardar a las 2:00 de la tarde del día (7) siete de noviembre de 2012.
El presente acuerdo es suscrito por quienes en él intervinieron.
Por el Gobierno,
RUTH STELLA CORREA RAFAEL PARDO
Ministra de Justicia y del Derecho Ministro del Trabajo
NESTOR RAUL CORREA HENAO
Presidente Sala Administrativa Consejo Superior de la Judicatura
EDUARDO MONTEALEGRE LINETH
Fiscal General de la Nación
FERNANDO JIMENEZ
DIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL
Por los Funcionarios y empleados de la Rama Judicial y Fiscalía General de la Nación,
LUIS FERNANDO OTALVARO CALLE NELSON CANTILLO VILLEGAS
Presidente Asonal Judicial Presidente Asonal Judicial
GUILLERMO J LINERO BARLETTA (Represente Empleados FGN)
MARIA DEL PILAR ARANGO. (Presidenta Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia)
LUIS ORLANDO CHINCHILLA VARGAS (Representante empleados Juzgados Civiles.
JULIO VALBUENA (Representante Asociación de Fiscales)
SANDRA HERNÁNDEZ (Representante empleados Ejecución de Penas Y Medidas)
RUBEN DARIO CRUZ (Representante empleados Juzgados Laborales)
JANETH MARTÍNEZ (Representante empleados Juzgados Administrativos)
RICARDO (Representante empleados Juzgados Penales)
FRANNEY CAMPOS MENDEZ (Presidente ACOLCTI)
MARIA ISABEL FERRER (Representante Jueces de Garantias)
ELVA NELLY CAMACHO (Representante de Fiscales)
Dada en Bogotá D.C. A los 06 Días del mes de Noviembre de 2012, siendo las 21:41 horas.