Derecho Romano: 12. - SEGUNDO PERIODO. Comprendido entre la Ley de las XII Tablas hasta el fin de la República. Progreso de los plebeyos. – FUSIÓN DE LAS DOS ÓRDENES. Destacado

 

Los plebeyos obtienen finalmente lo que no lograron alcanzar con la ley de las XII Tablas o también llamada ley de los decenviros: la igualdad con los patricios tanto en el derecho público como en el derecho privado.
Al final del primer periodo (finales del siglo V) los plebeyos mediante un proceso lento pero continuado, alcanzan –en el derecho público y privado- igualdad con los patricios. Después del año 309, el tribuno (representante de los plebeyos) Canuleyo obtiene, tras largos debates, el voto de la ley Canuleia. Esta ley traería al cabo del tiempo la mezcla completa de razas y la fusión de los dos órdenes.
 
Los patricios entienden claramente que ya no podrán evitar la entrada de los plebeyos a la más alta magistratura: EL CONSULADO.  
 
Gracias a la lucha de los tribunos Licinio Stolo y Lucio Sexto, los plebeyos llegaron al consulado, siendo este último, el primer cónsul plebeyo.
 
Así las cosas, la inminente entrada de los plebeyos al consulado y las múltiples ocupaciones militares que ocupan el tiempo de los cónsules, hicieron que algunas de sus funciones les fueran retiradas y atribuidas a dignidades nuevas y distintas, esas si, ocupadas solo por patricios.
 
Así es como:
 
1.       En el año 307, se crean dos cuestores, a los que se confía la gestión del tesoro público. No obstante, 26 años después -en el año 333-, los plebeyos logran ser cuestores y el número de estos magistrados fue elevado a cuatro.
2.       En el año 311, se crean dos censores, encargados de las operaciones del censo, guardianes de las costumbres públicas y privadas. Los dos censores no podían tomar una decisión a menos que estuvieran de acuerdo, pero en su calidad de patricios no estaban sometidos al voto de los tribunos.
3.       En el año 387, se crea el pretor, a quien pertenece en lo sucesivo la administración de justicia.
4.       En el mismo año, esto es, 387: se crea la figura de los ediles curules, encargados de la alta policía de la ciudad.
 
La llegada de los plebeyos al consulado le fue abriendo las puertas a otras magistraturas: en el año 398 llegaron a la dictadura; en el 403 a la censura; en el 417 a la pretura; en el 454 los plebeyos se colocan entre los pontífices y los augures, y en el 500, uno de ellos Tiberio Coruncanio, es elevado a la dignidad de gran pontífice.
 
          Tiberio Coruncanio. romanoimpero.com        Escritos de Tiberio Coruncanio. european.es            
 
Todos estos cambios traen la promulgación de la ley Ovinia, mediante la cual se establece que los censores tenían derecho de nombrar los senadores y debían de escogerlos desde luego entre los antiguos magistrados. Resulta, pues, que los plebeyos, el día en que tuvieron acceso a las magistraturas llegaron al senado y no tardaron en figurar en él con mayoría.
 
Leyes como la ley Valeria Horatia (305);  la ley Publilia (415); y, la ley Hortensia (468), son consideradas como logros jurídicos de los plebeyos, pues gracias a ellas se le dio fuerza legal obligatoria para todos los ciudadanos, a las decisiones de los plebiscitos votados por los plebeyos en los concilia plebis.
 
No obstante, Petit, afirma que es difícil creer que la lucha entre plebeyos y patricios haya sido superada en el año 305 y por esa razón toma como cierto que sólo y después de promulgada la ley Hortensia, los plebiscitos tuvieran fuerza de ley sin necesidad de ser sometidos a la auctoritas patrum.
Modificado por última vez en Viernes, 29 Agosto 2014 09:04
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