Las constituciones más antiguas insertas en las compilaciones de Justiniano datan de Adriano. Pero según afirma Eugene Petit, a pesar de lo discutible que pueda parecer, Augusto y sus sucesores Tiberio, Calígula, Claudio y Nerón, tuvieron también el poder de publicar constituciones, obteniendo fuerza de ley, ya que la lex de imperio les confería el derecho. Sin embargo, los primeros emperadores usaron raramente de esta prerrogativa, e hicieron, sobre todo, aprobar los proyectos de leyes por el senado. Después, esta formalidad acabó por ser desatendida, y las constituciones imperiales reemplazaron insensiblemente los senadoconsultos.
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