EL REFERENDO DEROGATORIO

06 Ago 2003
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Compartimos plenamente los conceptos  emitidos por la Sala Plena de la Corte Constitucional y en especial por su Presidente, el doctor Eduardo Montealegre,  acerca del proyecto de acto legislativo que ha preparado el Ministro Londoño sobre la justicia, por medio del cual se pretende neutralizar y hacer inútil el control de constitucionalidad, acabar con la autonomía de la Rama Judicial y desmontar en la práctica el principal mecanismo de protección efectiva  de los derechos esenciales.

 

Como lo hemos sostenido en esta columna, tal proyecto hace parte de todo un conjunto de medidas que tienen por único designio y propósito el desmantelamiento de la Carta Política de 1991, a la que la presente administración convertirá  en “colcha de retazos”.

 

Es tal  la magnitud del ataque institucional que prepara el Gobierno contra la acción de tutela y la protección de los derechos fundamentales -dentro del criterio de que convirtiéndolos en teóricos y formales se ahorra dinero-, que los colombianos debemos ir pensando desde ya en acudir  al artículo 377 de la Constitución, si antes no presenta el Ejecutivo algún proyecto de reforma constitucional para suprimirlo.

 

Se trata del referendo derogatorio, que se constituye en uno de los más importantes mecanismos de participación ciudadana en defensa del ordenamiento jurídico superior.

Según la norma, deberán someterse a referendo las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso cuando se refieran a los derechos fundamentales y a sus garantías  -entre otros temas-  si así lo solicita, dentro de los seis meses siguientes a la promulgación del acto legislativo, un 5% de los ciudadanos que integren el censo electoral.

 

No estamos ante una facultad de las autoridades electorales ni del Gobierno sino ante la obligación que tendrían de tramitar ese referendo sobre la base de que se recauden las firmas de los ciudadanos proponentes, que serán muchos en el país.

 

La reforma que el Congreso introduzca en detrimento de la tutela  -si es que aprueba el malhadado proyecto de Londoño-  se entenderá derogada por el voto negativo de la mayoría de los sufragantes, siempre que en la votación hubiere participado al menos la cuarta parte del censo electoral.

 

En defensa de la democracia y de los derechos –en la hipótesis de que el acto legislativo se convierta en realidad-,  quien estas líneas escribe estará dispuesto a liderar y sacar adelante la recolección de las firmas necesarias, a lo largo y ancho del territorio, para que el pueblo haga respetar las conquistas logradas en el 91, las que en mal momento han entrado en la mira autoritaria y radical del Ministro del Interior y Justicia, ojalá no del Presidente de la República, de quien debemos exigir que se pronuncie el respecto con claridad.

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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