Editoriales (852)

“DECISION POINTS”

15 Nov 2010
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Aunque durante los ocho años de su Gobierno en los Estados Unidos George W. Bush no se distinguió precisamente por acertar en sus decisiones, sino por equivocarse con mucha frecuencia, lo que menos se esperaba era que el propio ex presidente norteamericano se pusiera en la tarea de elaborar una lista de los más protuberantes de sus errores. Y menos que se enorgulleciera de ellos, en vez de apenarse.

Ante su libro titulado “Decision points” (“Puntos de decisión”), uno no sabe si alabar su sinceridad o lamentar su descaro.

El reconocimiento que hace, por ejemplo, de haber autorizado torturas, so pretexto de luchar contra el terrorismo, lo desacredita no sólo a él sino a los Estados Unidos. Sumada esa confesión a las pruebas existentes y a las divulgaciones de WikiLeaks, implica una vergüenza americana ante el mundo, y le quita toda autoridad moral para seguir certificando a los países en materia de derechos humanos. Esa confesión es ya cabeza de proceso contra Bush, como lo ha anunciado la Organización Amnistía Internacional.

Sorprende que afirme haber autorizado torturas como la denominada “waterboarding” (tortura del agua), por haber consultado previamente a los médicos, quienes le aseguraron que no era tan grave porque no quedaban daños permanentes.
Aquí debemos anotar que no son únicamente las secuelas físicas o las huellas que deja la tortura lo que permite definirla como tal. Es que, aun no existiendo esos efectos, lo condenable en tales casos es el sufrimiento que se infiere a la persona; la perturbación a su integridad; el daño sicológico que se le ocasiona, y en suma la afectación de la dignidad humana.

No menos deprimente es la declaración, aparecida en el libro de Bush, y confirmada en reportaje concedido a la presentadora Oprah Winfrey, en el sentido de que, cuando ordenó la invasión a Irak, por cuya causa ha habido tanta muerte y destrucción, lo hizo motivado por las “náuseas” que le produjo el hecho de no haber encontrado allí armas de destrucción masiva. Precisamente lo contrario de lo que invocó mentirosamente para iniciar la guerra.

Sobre su actitud durante la tragedia de Katrina expresó: “No debí sobrevolar para mirar. Cometí un error. Debí aterrizar.”

Pensándolo bien, estas y otras declaraciones consignadas en la obra son propias   del Presidente que, en una escuela, fingía ante los niños leer un libro que sostenía al revés, mientras se le informaba sobre los ataques a las Torres Gemelas.

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LAS VÍCTIMAS Y LA IGUALDAD

12 Nov 2010
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Un elemento primordial en lo que respecta al contenido de la Ley de Víctimas que se proyecta, a la cual se le han atravesado algunos con vigor digno de mejor causa, es la igualdad. Según este postulado, que se encuentra expuesto de manera contundente en el artículo 13 de la actual Constitución y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia, todas
las personas tienen derecho al mismo trato de la ley y de las autoridades, sin ninguna discriminación. En cuanto personas, todos somos iguales y debemos ser igualmente respetados y atendidos, y los compromisos del Estado se tienen con todas las personas residentes en Colombia, no con algunas (art. 2 C. Pol.).

Es decir, conforme al principio de igualdad, en aquéllos casos en que hay una misma situación debe preverse y aplicarse la misma solución. Si las situaciones son diversas, naturalmente las soluciones deberán  ser distintas.

Ahora bien, la Constitución es clara en lo siguiente: “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta (como las víctimas de la violencia, agrego) y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan” (art. 13 C. Pol.).

Pero es que en materia de víctimas de la violencia, como bien lo ha entendido el Gobierno, no podemos discriminar entre ellas según quien haya sido el victimario, que es lo que pretenden los enemigos de la Ley. Según ellos, las víctimas de agentes estatales o de la Fuerza Pública no deben tener los mismos derechos de las víctimas de guerrilleros y paramilitares. ¿Por qué? Allí no hay ninguna razón
plausible. No son víctimas de peor familia. Tienen la misma condición y deben recibir igual trato.

Toda distinción injustificada es odiosa, y esta todavía más. Decir que los crímenes de los agentes estatales son menos graves que los de otros, es como si aceptáramos que, por ser de agentes estatales, fueron benignos los crímenes de la S.S. y de la Gestapo en la Alemania nazi.

En Colombia, los falsos positivos corrieron a cargo de miembros de la Fuerza Pública, aunque no haya habido una política trazada oficialmente por el Estado, y los tres niños asesinados en Tame (Arauca), al parecer por militares, fueron víctimas de criminales, tan criminales como los demás, o peores.

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EL ABORTO SIGUE SIENDO DELITO

10 Nov 2010
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La Corte Constitucional considera  -y así lo ha proclamado tras su sentencia C-355 del 10 de mayo de 2006 en materia de aborto-  que se debe hacer pedagogía sobre el contenido y los alcances del fallo y en torno a eso que algunos han denominado con toda impropiedad “derecho al aborto”.

 

Aunque quien esto escribe no comparte la aludida providencia por las razones que expusieron con toda claridad los magistrados que salvaron el voto, la respeta y acata, desde luego en su genuino sentido. Es decir, entiende la sentencia de conformidad con su objeto específico: resolver, como resolvió, en torno a una demanda ciudadana instaurada contra varios artículos del Código Penal.

 

De conformidad con la regla de competencia  -artículo 241, numeral 4, de la Carta Política-,  la Corte tenía que decidir si las disposiciones acusadas vulneraban o no los preceptos constitucionales.

 

Concluyó la Corporación que unas de esas normas eran inexequibles y así lo declaró. Y resolvió que el artículo 112 del Código Penal era exequible pero en el entendido de que, si el aborto, con la voluntad de la mujer, tiene lugar en los casos directamente señalados en la providencia  -violación, inseminación artificial no consentida, traslado del óvulo fecundado sin consentimiento de la mujer, o incesto; peligro para la salud o la vida de la madre, y grave malformación del feto que haga inviable su vida-,  no se configura el delito y por tanto no puede haber pena.

 

Así, pues, lo que resulta del fallo es la exclusión del carácter delictivo de la conducta en las hipótesis referidas. De ninguna manera ello significa que la mujer esté obligada a practicarse o a permitir que se le practique el aborto. En consecuencia, una mujer violada  -por ejemplo-  puede, si quiere, dar a luz. Pero si quiere abortar, puede hacerlo sin que por ello deba enfrentar una causa criminal.

 

Dice la Sentencia: “Lo que determina la Corte en esta oportunidad, es permitir a las mujeres que se encuentren en alguna de las situaciones excepcionales, que puedan (…) decidir la interrupción de su embarazo sin consecuencias de carácter penal, siendo imprescindible en todos los casos su consentimiento”.

 

El médico, por su parte, puede oponer la objeción de conciencia. Para él no puede haber obligación de practicar el aborto, aun en esos casos, pues está de por medio un derecho fundamental suyo reconocido en el artículo 18 de la Constitución y en los Tratados Internacionales ratificados por Colombia sobre Derechos Humanos: nadie puede ser obligado a actuar contra su conciencia.

 

Así las cosas, el aborto sigue siendo un delito. Sólo quedó despenalizado en los aludidos casos, pero no por ello se convirtió en obligación.

 

Desde luego, tampoco es un derecho. Insisto: es un delito, con las salvedades en mención.

 

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HACIA EL DESPEÑADERO

09 Nov 2010
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Así como en algunos casos hemos discrepado de decisiones o afirmaciones del Procurador Alejandro Ordóñez, debemos reconocer que también dice muchas verdades. Además, las dice muy oportunamente y con gran claridad, porque está verdaderamente convencido.
 
Por ejemplo, en reciente reportaje -que debería ser ampliamente reproducido-  ha manifestado con razón que la sociedad colombiana está enferma; que las causas de sus males deben buscarse en la ausencia de una pedagogía social de los valores; y que resulta necesario volver a ellos para evitar que sigamos hacia el despeñadero.

Hay que restablecer, pues, esa pedagogía. Ella, de acuerdo con el concepto de Ordóñez, “tiene que permitir la reconstrucción del tejido social y eso no se logrará sino con el reconocimiento de la familia como célula vital”.
 
Agrega el Procurador que “cuando hay disolución de la familia, se generan violencia intrafamiliar, drogadicción, delincuencia, irrespeto a la vida”, y presenta como ejemplos –alarmantes por cierto- los suicidios de adolescentes y los cada vez más frecuentes casos de violencia escolar.

No se puede olvidar que el Procurador General es constitucionalmente personero y representante de la sociedad y de sus intereses, por lo cual su voz debe ser escuchada cuando es precisamente el bien colectivo el que está en juego.

Cuando los ciudadanos vemos atónitos que en nuestro medio hay, detrás de cada contrato estatal, un sinnúmero de corruptos al acecho; que la mafia tenía acuerdos con funcionarios de Estupefacientes; que el delito prolifera en las entidades públicas; que militares deshonran la institución planeando y ejecutando los llamados “falsos positivos”, o que son capaces de violar a una niña de catorce años y de asesinarla junto con sus hermanitos; que una menor de cinco años es violada por su padrastro con el consentimiento de la madre; que un profesor portador del VIH ataca sexualmente a los estudiantes…, concluye necesariamente que el Procurador tiene razón: una enfermedad muy grave afecta a la comunidad colombiana y amenaza con extenderse.
 
¿Para qué negarlo? Se ha perdido a la familia como primer centro de formación de la personalidad del niño. Los padres han sido sustituidos por la televisión, los computadores y el Internet. En los colegios, se ha perdido la respetabilidad del profesor. Y la sociedad en su conjunto ha cambiado radicalmente los valores y los principios tradicionales, y ha confundido la libertad con el libertinaje.
 
¿Qué se puede esperar?

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