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21 Jul 2009
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El constitucionalismo nos enseña que el Estado Social de Derecho tiene como fin último la provisión real de los fines esenciales por medio de los cuales un ser humano se desarrolla en términos de calidad de vida más o menos satisfactorios, como también la garantía efectiva de los derechos naturales mínimos, elevándolos a la categoría de derechos fundamentales constitucionales.


El señor Presidente de los colombianos, Álvaro Uribe Vélez, en su discurso de instalación del Congreso de la República y celebración del día de nuestra independencia, se refiere al Estado de Opinión como una fase superior del Estado Social de Derecho.


Sin entrar a considerar los aspectos fundamentales de los antecedentes del Estado Social de Derecho, (Estado Capitalista y su modalidad de Estado Liberal Gendarme; Estado Bienestar, dentro del Estado Socialista; Estado de Derecho; Estado Interventor, dentro del cual se encuentra el Estado Social de Derecho), puedo decir que el "ESTADO DE OPINIÓN" no es nuevo: equivale a un principio democrático propio de las democracias liberales que va directo hacia el parlamentarismo, la democracia social y la democracia deliberativa.


La democracia deliberativa es complementaria a la democracia representativa en donde existe una participación política activa de todos los afectados por las decisiones de tal índole y en donde la opinión pública a su vez complementa, según Weber, la política carismática y la política tecnocrática.


En la política carismática ha basado su éxito nuestro Presidente, con buena acogida en el plano de la opinión pública.


Por qué y para qué lanzar un nuevo concepto de Estado, régimen, y si se quiere, de gobierno, ad portas de culminar su segundo mandato presidencial? Porque no queda otro camino diferente al de acudir a su más firme fortaleza, la opinión pública, que lo ha tenido por encima del 50% en todas las encuestas de popularidad. Hoy por hoy es el verdadero salvavidas al que puede echar mano en momentos de aguas turbias por las que navega el barco de la reelección.


Porque ese barco está a punto de naufragar debido a que ha encontrado tormentas, témpanos de hielo, ataques de piratas. Violación de topes financieros, un Registrador que no certificará el segundo requisito para el trámite de la ley de convocatoria, investigaciones, impedimentos y recusaciones, conciliación sin conciliadores, indagaciones por dádivas, etc.


Ante tan difícil situación, lanza su anzuelo para que el pueblo, el Tercer Estado, la opinión pública, a cambio de que se tome la Bastilla, haga valer sus firmas y su deseo de continuar con el Presidente que ha brindado la seguridad en las carreteras y las fincas.


Será que el pueblo le sale al ruedo, con tanta desigualdad, exclusión, desplazamiento, pobreza, hambre, desempleo, violencia. Será que al pueblo se le puede decir a estas alturas que no se trata de manipulación, sino de coraje para orientar sobre temas de gran controversia. Para qué llamarlo ahora a que se exprese y no guarde silencio?


Se podrá hablar de independencia de las ramas del poder cuando se ostenta en cabeza de sí mismo el poder absoluto?


Por qué recordarle al ciudadano que tiene una herramienta frente a la libertad de prensa y que es su contrapeso como seguro de la descentralización?


Acaso es necesario abrirle los ojos al pueblo para que se controviertan las sentencias de los jueces y se debatan las decisiones legislativas, exhortando a las altas cortes para que no las penalicen.


Era necesario enfatizar en que la justicia es independiente y autónoma, y que el ejecutivo no participa en la integración de las altas cortes, salvo de tres de los nueve magistrados de la Corte Constitucional, quien será el segundo salvavidas de la reelección después de que la Opinión Pública o el Estado de Opinión la lleve a tierra firme.


Con este discurso, hay dos damnificados y dos ganadores. Los primeros, la prensa, a quien le surge un contrapeso (El pueblo), y la Corte Suprema de Justicia, a quien se le exhorta a no penalizar las decisiones legislativas. Los segundos, El Pueblo y su Presidente.
 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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