IMPROVISACIÓN

01 Ago 2008
Valora este artículo
(0 votos)
3318 veces

Ahora resulta que, en materia de justicia, el texto divulgado por el Gobierno no es sino un borrador, que leído, nos parece incompleto, desintegrado y con muchos vacíos.
Ya la Corte Constitucional ha expresado con razón que no se pronunciará sino cuando conozca el texto íntegro. Es lo obvio y lo serio. Como, por el contrario, no es serio que un tema tan importante como una reforma, que se presume integral, a la administración de justicia, se esté tramitando por el Gobierno de manera tan improvisada, creyendo que todo ese conjunto de disposiciones, sin haber elaborado su columna vertebral y sin contemplar dentro de la misma propuesta las distintas repercusiones internas que toda reforma tiene en el contexto de la misma Carta Política.
Echamos de menos, porque no la ha señalado el Gobierno, la filosofía del proyecto, porque toda reforma a la Constitución debe obedecer a una necesidad y estar inspirada por una filosofía, por unos propósitos definidos; por unos criterios esenciales, que hasta ahora brillan por su ausencia, tanto en el caso de la Administración de justicia como en la reforma política. Y mientras no haya un hilo conductor de todas las reformas, es decir, una luz fundamental que ilumine y señale el camino hacia el cual nos dirigimos, el conjunto resulta deficiente y deshilvanado.
Una vez más debe decirse que modificar la Constitución no es algo que pueda lograrse sin un estudio objetivo y reposado, con suficiente tiempo; conociendo lo que existe en la normatividad, y sabiendo qué se quiere y para dónde se desea orientar las modificaciones. Como la reforma debe respetar el espíritu esencial de la Constitución, y no implica –según ha dicho la Corte Constitucional- sustituir una Constitución por otra, es necesario prever de manera clara, completa y científica –desde el punto de vista del Derecho Constitucional- cómo se insertan los nuevos textos dentro del universo del articulado, para que no terminen siendo simplemente “parches” puestos en desorden, pues ello hace de la Constitución, contra su naturaleza, un instrumento contrahecho, irrealizable, fuente de interpretaciones contradictorias, y generador de inseguridad e inestabilidad jurídicas.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.