NO QUEBRAR LA LEGALIDAD

03 Jul 2008
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Un tema que conviene considerar en relación con la propuesta de referendo que formula el Gobierno para oponerse al fallo de la Corte Suprema de Justicia en el caso de la excongresista Yidis Medina, es el relativo al tipo de figura constitucional que se aplicaría.

Definitivamente, no se trata de un referendo derogatorio, pues no estamos ante la hipótesis de una norma de la ley o de un acto legislativo reformatorio de la Constitución que se quisiera poner en tela de juicio ante el pueblo.

Pero tampoco se trata de un referendo constitucional, cuyo objeto consiste de modo muy específico en reformar la Constitución con un sentido general y abstracto, esto es, en someter a consideración del pueblo uno o varios textos de artículos constitucionales, para que hacia el futuro la preceptiva fundamental diga algo diferente de lo que se ha venido estableciendo.

Nos parece que la idea del Ejecutivo en este caso está orientada a la ratificación de lo actuado en un proceso electoral concreto, con la finalidad, también concreta y con nombre propio, de sanear el proceso que condujo a la reelección del doctor Álvaro Uribe en 2006. Esto es así, aunque en nuestro criterio la legitimidad de dicha elección no es objeto de controversia, ni de duda alguna, ya que el debate electoral en sí mismo y la mayoría del Presidente en esas elecciones son inobjetables.

El problema que ha planteado la Corte Suprema de Justicia, al cual se pretende responder con este referendo ratificatorio -no previsto en la Constitución de 1991- es otro muy diferente: la falta de legitimidad en el trámite del Acto Legislativo Nº 2 de 2004. Y en este aspecto, dudamos que la Corte Constitucional acepte reabrir los procesos de constitucionalidad de dicha reforma, que culminaron con sentencias que han hecho tránsito a cosa juzgada constitucional.

Debemos preguntarnos si este procedimiento de ratificación electoral de la credencial del Presidente es no solamente conveniente sino necesario. A todas luces, no es necesario, pues se repite que la legitimidad del titulo del doctor Uribe no se encuentra en tela de juicio. Y en cambio, resulta ser inconveniente, aparte de suponer una incertidumbre que no existe, por cuanto se desestima la autoridad de la Corte Suprema de Justicia, y con ello, al acudir además a una figura inexistente en la Constitución, se desbordan los parámetros institucionales en vigor, poniendo en serio riesgo la vigencia del Estado de Derecho.

Diríase que estamos ante un desgaste y ante unos costos en términos democráticos, y también en términos económicos, muy altos, que no resultan indispensables, y que van a introducir al período presidencial una fragilidad que no tiene. Se trata de un desgaste y de unos costos desproporcionados frente al objetivo presidencial de discrepar de los magistrados.

Si lo que el Gobierno quiere es modificar la Constitución, ya tiene conformada una comisión de ajuste, integrada por juristas, que bien puede formular propuestas para llevar al Congreso, o si se quiere a un referendo reformatorio, y allí puede haber fórmulas de solución de la crisis generada por la “parapolítica” y por la “Yidispolítica”, pero sin romper los actuales esquemas institucionales.

Dicho sea de paso, nos parece que la propuesta presidencial del referendo ratificatorio deja en la más absoluta indefinición la tarea que adelantan los comisionados.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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