HAY QUE PROCURAR SER COHERENTE CUANDO DE IMPONER SANCIONES SE TRATE

24 Abr 2013
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OSCAR EDUARDO BORJA SANTOFIMIO

Recientemente, en fallo de primera instancia, la Procuraduría sancionó a la exalcaldesa de Cartagena Judith Pinedo Flórez, por la venta de un lote a una cadena hotelera (HOTEL DANN), terreno considerado “BIEN DE USO PÚBLICO” ubicado en la zona de playas del sector El Laguito.

Según fallo proferido, "la exalcaldesa desconoció disposiciones legales en materia de bienes que son de uso público y cuya jurisdicción, por disposición legal, compete a la Dirección General Marítima (DIMAR), por cuanto el Distrito de Cartagena vendió a la Promotora inmobiliaria propietaria del Hotel DANN un terreno que incluía playas marítimas, que constituyen un bien de uso público bajo la jurisdicción de la DIMAR".

La señora PINEDO FLOREZ, conoce la ley es abogada, su esposo se desempeñó como Defensor del Pueblo y la funcionaria tiene una madurez académica NO  tiene la excusa de ser locutora, como su sucesor, o vendedora de toures a las Islas del Rosario y guía turística como el senador chuzo, que por su desconocimiento de las leyes de pronto no sabían lo que hacían.

La sanción impuesta (doce meses) no es proporcional a la falta, Pinedo sabía lo que hacía, sabía lo que vendía, por esto debe ser un hecho catalogado como “culpa grave” y tener una sanción no solo disciplinaria si no penal, Pinedo no es una iletrada y cuando tomó posesión de su cargo, juro ante Dios defender la Constitución y respetar la ley,  de igual manera nunca debió olvidar la Abogada Pinedo, que en su paso por la Facultad de Derecho aprendió en el Código de Andrés Bello (Código Civil) que existen los BIENES DE LA UNION.

Pero como de olvidar se trata, le recuerdo al señor procurador las penas deben ser proporcionales, que la igualdad es que el peso de la ley es para todos pero que la equidad es darle a cada uno lo que merece, a un exgobernador de Bolívar, de apellidos Berrío Villarreal, periodo 2008-2011 el Ministerio Público le impuso una sanción por 12 años,  por unos contratos y un hecho de omisión que terminó con la incineración de unas  ayudas humanitarias (mercados). El señor Berrio Villarreal, no contrató, aduciendo la defensa del patrimonio público actuando en su deber de defender el erario de la unión, seguro que si hubiera pensado que la sanción por omisión es de 12 años le hubiera sido más fácil enajenar el Canal del Dique o vender la rivera del Rio Magdalena, los Montes de María y sólo sería merecedor de unos cuantos meses de sanción.

Señores alcaldes y gobernadores como conclusión por vender la sanción es mínima A vender se dijo.  Que según nuestro “santo” procurador VENDER NO ES PECADO.

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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