LA REESTRUCTURACIÓN ADMINISTRATIVA

16 Mar 2011
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Ha sido aprobada la ley de facultades extraordinarias, expedida por el Congreso con el objeto de permitir la reforma de la Ley 790 de 2002, restableciendo ministerios que habían sido suprimidos, y la reestructuración de varias entidades en las que durante los últimos años han imperado la corrupción y el desorden.

 

En efecto, en lo que a los ministerios corresponde, desde el mismo momento en que se decidió fusionar carteras de tanta importancia como las del Interior y Justicia, Salud y Trabajo, Ambiente y Desarrollo, advertimos acerca del enorme perjuicio que ello causaría a las actividades respectivas, a la ciudadanía, y en general a la gestión pública.

 

Se perdió por completo el concepto de eficiencia, so pretexto de la economía.

 

El Ministerio de Justicia, que pasó a ser simplemente un apéndice del Ministerio de la Política, desapareció en realidad, y el Ejecutivo brilló por su ausencia en estos años en lo referente a los asuntos que interesaban a la administración de justicia, a lo cual se agregó infortunadamente una especie de guerra declarada entre la Presidencia de la República y la Corte Suprema.

 

El Ministerio de la Protección Social hacía en la práctica exactamente lo contrario de lo expresado en su nombre, y en verdad abandonó tanto los problemas propios de su arbitraje en las relaciones de trabajo como los gravísimos asuntos de la salud. Dos importantes áreas de la función pública perdieron importancia para el Gobierno.

 

Lo propio puede decirse del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que tiene tal cúmulo de responsabilidades en virtud de la fusión, que no puede atender con eficiencia ninguna de las trascendentales áreas que le fueron confiadas.

 

En lo que respecta a entidades como el DAS, el INPEC, FONDELIBERTAD y la Dirección Nacional de Estupefacientes, no necesitamos repetir los datos ya conocidos por el país, ni los perjuicios causados a la institucionalidad en razón de los escándalos que en esos organismos han tenido lugar. Y por tanto, es perfectamente plausible que el Presidente de la República, ahora como legislador extraordinario y dentro de los límites de las facultades conferidas, entre a adoptar las medidas indispensables para su reestructuración y recuperación, dada la importancia de las funciones que cumplen.

 

Será necesario que se introduzcan cambios de fondo en todas esas entidades, desde luego sin ocasionar una masacre laboral, pues no se trata apenas de disposiciones cosméticas o de sustitución de nombres, para que todo siga igual, sino con el objeto definido y específico de que la ciudadanía pueda volver a depositar su confianza en instituciones públicas que se han dejado llevar por la ineficiencia y la incompetencia administrativa, o por la corrupción y la politiquería.

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

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