SESIONES EXTRAS Y PUPITRAZO

15 Dic 2012
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JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO
Imagen bestiariodelbalon.com
 
Las sesiones extraordinarias del Congreso están concebidas no sólo en la Constitución actual sino desde antes, en la de 1886, como un mecanismo adecuado para que las cámaras y sus comisiones se reúnan por el llamado que hace el Presidente de la República para estudiar asuntos de gran urgencia que en cierta forma sorprenden porque surgen cuando el Congreso no está reunido en razón de haber expirado ya el tiempo de las sesiones ordinarias.
No se trata entonces de un mecanismo orientado a prorrogar las sesiones ordinarias cuando un proyecto gubernamental no ha sido de fácil trámite en el Congreso.
Por ello, nos parece que el uso que se viene haciendo de la figura en los últimos años desvirtúa el verdadero sentido de las sesiones extraordinarias. Véase, por ejemplo, que fueron usadas para hundir el Acto Legislativo ya aprobado de la vergonzosa reforma a la administración de justicia, a pesar de que la Constitución señala que todo lo referente a reforma constitucional por el Congreso debe tramitarse en dos períodos ordinarios y consecutivos, no en sesiones extras.
Ahora se utilizarán, según anuncio del Presidente Santos, para sacar adelante, en dos días la reforma tributaria que el Gobierno se demoró en presentar oportunamente a las sesiones ordinarias, y a la cual todos los días agregan nuevos temas y mayores impuestos.
Surge necesariamente un interrogante. En especial si se tiene en cuenta el volumen, importancia y contenido del proyecto de reforma tributaria, ¿cómo pretende el Gobierno que se estudie a fondo y seriamente en dos días de sesiones extraordinarias? Únicamente se logrará por “pupitrazo”, es decir, votando y aprobando sin leer, como acostumbran ahora hacer en el Congreso colombiano.
Lo que habrá con toda seguridad será el trámite acelerado de un proyecto incompleto, cambiante y de muy graves repercusiones, no estudiado por el Congreso, como sería su deber, y aprobado obedeciendo órdenes del Ejecutivo.
 
Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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