La engañifa constitucional: CORTE DE CUENTAS AL RÉGIMEN DE SALUD

27 Ago 2008
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La Corte Constitucional ha expedido sobre el tema de la salud la sentencia más celebrada por la opinión pública y popular en los últimos años: la T-760, que le exige al Estado poner en marcha los mecanismos necesarios para proteger el derecho fundamental a la salud que contempla la Constitución en varios artículos correlacionados, y en especial el 49 que (…) “garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud”.

La sentencia recoge 20 demandas ante la Corte en las que se denunciaban los más aberrantes y disímiles problemas de la política de salud en Colombia, todos ellos derivados (¿quién lo duda hoy en día?) de la tristemente célebre Ley 100 de la que fue ponente el hoy presidente Álvaro Uribe Vélez y que, como tal, es evidente que en su mandato ha sido soberano impulsor.

Sobre los alcances de esta sentencia todo está dicho en los últimos días. Nuestros lectores seguramente pueden declararse con suficiente ilustración en cuanto que ya les queda claro que el sistema de salud deberá garantizar a todos los colombianos “acceso a todos los medicamentos, procedimientos y tratamientos”, como ordena la sentencia, agregando que en adelante no se requerirá de tutela para que las empresas de salud tengan que atender sin excusas a los pacientes.

Celebramos como todos la contundencia de este fallo. Pero consideramos que la ciudadanía no puede darse por bien servida sin continuar su lucha por la reinvidicaciòn de sus derechos, pues, experiencias tenemos de que es el propio gobierno, y desde sus cumbres más altas, el principal violador de los fallos constitucionales como en el caso del Upac que cuando la Corte, a instancias del magistrado José Gregorio Hernández lo tumbó hace 10 años, el avispado ministro de Hacienda de entonces, Juan Camilo Restrepo, y merced a la infidencia de un magistrado también de entonces, Vladimiro Naranjo (q.e.p.d.), se inventó la UVR, antes de que saliera la sentencia del Upac para que no quedara como repetición de la cosa juzgada, que como se dice en el argot popular resultó ser “la misma perra con otra guasca”.


Ayuda de memoria

Como siempre, y particularmente en estos casos sobre derechos fundamentales, las normas constitucionales y legales aparecen recargadas de buenas intenciones que en la práctica, y merced al modelo neoliberal que nos rige, resultan imposibles de cumplir y aplicar.

El asunto ha ido tan lejos que nunca antes como ahora se ven palpables las dos Colombias de que hablara el ex presidente Alfonso López; una formal y otra informal; una de derecho y otra de hecho.

Así, por ejemplo, comentando en 1992 la inclusión de este artículo 49 en la por entonces recientemente expedida Constitución Nacional, el constitucionalista Rogelio Enrique Peña Peña decía en su obra:

(…) “La crónica penuria presupuestal de los hospitales oficiales, la inmoralidad administrativa, la indiferencia burocrática son, en nuestro país, verdaderos obstáculos para hacer viables estas determinaciones constitucionales”.

Lamentablemente el tiempo le ha dado la razón con hechos tan evidentes como la quiebra inducida de todos los hospitales y clínicas oficiales, la imparable inmoralidad administrativa y la aterradora indiferencia burocrática que se manifiesta desde lo alto en el sostenimiento de un ministerio acertadamente calificado de “Desprotección Social”, en el que se involucran las políticas oficiales de Trabajo y Salud, ambas mangas por hombro.

Y esta sentencia T-760, del 20 agosto de 2008 no dista mucho en su argumentación conceptual de aquella otra sentencia, la T-484 de agosto 12 de 1992, cuya ponencia rindió el entonces magistrado Fabio Morón Díaz en la que decía:

(…) “La salud es uno de aquellos bienes que por su carácter inherente a la existencia digna se encuentra protegido especialmente en las personas que por su condición económica, física o mental se hallen en circunstancias de debilidad manifiesta. (…) En desarrollo de predicados legislativos (El Estado debe) asegurar no sólo el goce de los servicios de asistencia médica, sino también los derechos hospitalario, de laboratorio y farmacéutico”.

¿Y qué es lo que se ha visto a lo largo de estos 16 años en que se expidió esa sentencia T-484? El desmantelamiento de esa infraestructura pública de salud para entregársela a precios de gallina vieja al sector privado y el desmonte de toda la política asistencial para convertirla en una mendicante política asistencialista regulada por una muy visible mano populista.

Que esta Corte Constitucional, que tantas muestras de dependencia del Ejecutivo ha dado en sus últimos fallos haya reivindicado al cabo de estos años ese derecho fundamental a la salud es lo bueno; que vuelve a ser un saludo a la bandera como tememos por lo visto, lo vivido y lo sufrido, es lo malo.

Uno debiera esperar que en desarrollo de esta sentencia T-760, el gobierno buscara una reforma constitucional del “articulito” 373 con el fin de que le permitiera, y en cierta forma obligara al Banco de la República a emitir a favor de estas causas sociales ya que, como lo denuncia en su “Herejía Económica”, Mauricio Rivadeneira, el fallo de la Corte es “excelente”, pero el problema es de plata debido a que el modelo neoliberal al darle autonomía al Emisor le impuso que no podía establecer cupos de crédito (…) “salvo cuando se trate de intermediarios” financieros.

Es decir, el Estado a través del Emisor puede salir al rescate de un banco como el Colombia, pero no puede salir al rescate de un hospital como el San Juan de Dios, así y todo haya sido de Dios y hubiera estado al servicio del pueblo, y el presidente Uribe se arrodille junto con el cardenal Rubiano ante su imagen y se eche la triple bendición en vivo y en directo por TV para aplauso de la galería presente y la feligresía creyente, aunque de paso viole la libertad de religión por hacerle propaganda en público a una particular de ellas, él que es el Presidente de todos y todas.


Un botón de muestra

Cuando se destapó la crisis financiera de 1999, el gobierno de entonces dispuso recursos por más de 12 billones de pesos para salir en su ayuda.

Pero hoy que la Corte ordena la prestación de los servicios de salud a todos los colombianos como un derecho fundamental, el propio gobierno, a través del ministro Diego Palacio, sale apresurado a decir que “el fallo demandará recursos por cerca de 6 billones de pesos que el gobierno no tiene”, según versión de El Espectador del 23-08-08.

Lo que debemos esperar entonces todos los colombianos serían nuevos impuestos a las rentas de trabajo y al consumo (IVA), porque, como sabemos, las rentas de capital que producen los ricos, tienen especial protección en este gobierno.


¿Fallo populista?

En un país en donde, como decía el poeta León de Greiff, “todo no vale nada y el resto vale menos”, no resulta aventurado creer que esta aplaudida sentencia de la Corte no pase de ser una cortina más de humo que se lanza a la opinión pública y popular, para que deje de pensar en cosas tan serias, como las incómodas preguntas que la Corte Penal Internacional le acaba de formular al presidente Uribe para que explique por qué, entre otras cosas, extraditó la verdad a Estados Unidos en cabeza de los 14 paramilitares que se estaban poniendo incómodos con sus revelaciones, o volver a pensar, quizás, que no resulta ético ni conveniente que uno de los hermanos amados del ministro de Interior y Justicia haya resultado ser miembro principal de un roscograma criminal.

No resulta arriesgado tampoco creer que una Corte, cuyas últimas decisiones han resultado tan cuestionadas legalmente, al punto de considerar legal una reforma constitucional que se manchó de cohecho para permitir la reelección del Presidente, ahora le tire al vulgo un entretenimiento para que vea que también tiene su corazoncito, porque, como dicen, “el que entre lobos anda a aullar aprende”.

En uno de los tantos comentarios suscitados en torno a esta sentencia, un lector de El Tiempo decía en el bloque de opinión: “Viva la Corte, viva la justicia”.

¡Qué emoción! Viva la Corte que halló a lugar la reforma del “articulito” de la reelección mediante cohecho y viva la justicia que está más empeñada en descubrir los “errores de procedimiento” que los horrores de procedimiento de los políticos uribistas amangualados con el paramilitarismo para ponerlos en libertad.

Otro felicitaba al Procurador Edgardo Maya por pellizcarse sobre este tema de la salud que probablemente le ayudará a “socializar” la conveniencia nacional de su reelección para continuar manteniendo engavetadas investigaciones que no le convienen a allegados de su familia ni a los socios de la amplia esfera de su roscograma.

Esa opinión pública y popular a la que atrás nos referíamos debiera ahora presionar la derogatoria de la Ley 100 que sustenta la política de salud en Colombia que ahora encuentra oprobiosa esta Corte Constitucional que por lo visto hasta ahora también empieza a leer los postulados del “Estado Social de Derecho” que enmarca el Preámbulo de la misma Constitución que dice defender.

Con estos mismos argumentos constitucionales del Estado Social de Derecho que ahora desempolva la Corte para hacer un corte de cuentas al Régimen Subsidiado de Salud, debió haber juzgado la Ley 100 cuando en su momento fue demanda, porque es la que permite mercantilizar un servicio público que la Constitución pone en cabeza principal y como obligación inherente del Estado.

Si alguna noticia nos hiciera dudar firmemente de las encuestas que elevan la popularidad de Uribe a más del 90 por ciento, es ésta del fallo de la Corte sobre la salud. En todos los periódicos que ofrecen su edición virtual no encontré un solo comentario defendiendo la Ley 100, y en cambio sí, un sartal de críticas bien fundamentadas.

Ante la imposibilidad de resumirlas todas en un solo artículo, permítanme poner punto final diciendo: cuando el pesimismo se corresponde con los hechos se llama realidad. Y la realidad es que nos rige un modelo neoliberal que acuna estos oprobios de la salud, como los del trabajo, la educación, la vivienda, las privatizaciones del patrimonio público y el desmantelamiento del Estado en beneficio primero del interés particular y a expensas, por supuesto, del interés general.

“Juego mi vida, cambio mi vida” a que dentro de otros 10 a más años, si no hemos sido capaces de tumbar el régimen, otra Corte hallará los mismos elementos para expedir la sentencia dos mil y pico, quizás, que nos encontrará en materia de salud, no “lo mismo que antes”, como decía con fina ironía el inmolado humorista Jaime Garzón, sino peor que antes, como nos encontramos hoy celebrando la sentencia T-760 expedida en los mismos términos, con los mismos argumentos y bajo los mismos principios altruistas que contemplaba la T-484 de 1992.

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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