A TIENTAS

24 Feb 2004
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Entre los varios puntos objeto del acuerdo firmado la pasada semana  -cuyo contenido se encuentra “en  construcción”, como algunas páginas de Internet-  está el de la reforma a la justicia, proclamado con solemnidad aunque se delate vacío de toda política de Estado y sin idea de nadie sobre su orientación o finalidades básicas.

Un poco a tientas, el Ministro del ramo ha balbuceado la referencia a algunas materias, traídas talvez de los varios anteproyectos filtrados y jamás presentados por el exministro Londoño, que no han encontrado aceptación de la opinión pública ni de los ciudadanos en general puesto que, además de no tocar ni siquiera de lejos problema alguno de los varios y urgentes que debían tratarse, han mostrado de parte del gobierno actual una tendencia involutiva y contraria a las garantías y derechos esenciales de la colectividad y las personas.

Se habla  -otra vez-  de revisar atribuciones de la Corte Constitucional, la subsistencia del Consejo Superior de la Judicatura y los alcances de la acción de tutela.

En el primer aspecto, Londoño tenía claro para dónde iba  -quería acabar toda expresión de control de constitucionalidad efectivo, para la mayor gloria de Uribe, y de paso satisfacer los reclamos de economistas neoliberales, ansiosos de sujetar las normas jurídicas de todo nivel y las sentencias de los jueces a la inhumana dictadura del ajuste fiscal-,  pero el doctor Pretelt, con buena intención quizá pero es explicable que sin mayor conocimiento de la cuestión, solamente entiende que “hay que reformar algo”, y le apunta a la Corte que, en su opinión gremial, desde cuando era Presidente de Fenalco, desestabiliza  con sus decisiones y desalienta la inversión.

En el segundo tema, solamente se une a lo dicho por el Presidente de la República en la campaña, pero sin una real sintonía con la Rama Judicial, su funcionamiento, sus necesidades, su forma de operar o sus circunstancias actuales.

En el tercer tema, le oímos decir  -es posible que todo sea culpa de la edición televisiva-  que, siendo la tutela un preciado tesoro para los colombianos, “hay que reformarla”  para que “sea más ágil” y “no cause congestión”.

Al respecto, señor Ministro, con mi acostumbrado respeto, me atrevo a sugerir:   1) La acción de tutela se fallaba, según la Constitución, máximo en diez días, mientras algunos procesos ordinarios pueden tomarse diez años o más, pero a los doctores Pastrana y González Trujillo se les ocurrió la genial idea de dictar el Decreto 1382 de 2000, que so pretexto del reparto de las demandas, enredó las cosas, puso a pelear a los altos tribunales de justicia y complicó lo que no era complicado. Deróguelo, Ministro, y le devolverá a la tutela la agilidad perdida.       2) Busque transmitir algo o mucho de la informalidad e inmediatez de la tutela a los procesos ordinarios, o mejor, ¿no sería bueno ampliar las posibilidades de la tutela para que mediante ella se puedan fallar con rapidez muchos procesos ordinarios hoy estancados, asegurando así el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia?.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

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