Según el artículo 114 de la Constitución, el Congreso, además de sus funciones legislativa y de reforma de la Carta, ejerce el control político sobre el Gobierno y la Administración. Eso tiene un gran significado en nuestra democracia.
Si bien - salvo el caso de la moción de censura- no se traduce en decisiones con efecto jurídico, como las que adoptan los jueces y órganos de control, ni implican la imposición de sanciones o la expedición de providencias, deberían tener efectos políticos tangibles y concretos. Así, por ejemplo, cuando las pruebas aportadas y analizadas en el curso de los debates muestran a las claras que hay actos de corrupción o la comisión de delitos, eso no debería quedar en el aire y sin consecuencias - como viene ocurriendo-, sino que los órganos competentes deberían estar obligados al seguimiento de lo acontecido y a investigar con base en lo aportado por los congresistas. Vale decir, el efecto del control político no debería ser inútil.
Sería importante que los debates, en especial los que tienen lugar en las plenarias, pudieran terminar al menos con unas conclusiones, o con unas mociones, no necesariamente de censura, pero sí con algún efecto. Que, más allá de los discursos de unos y otros, de las réplicas y los mutuos ataques y descalificaciones, de los debates se derivara algo, cuando menos un llamado de atención, o una solicitud vinculante en el sentido en que lo indicara la mayoría de la respectiva cámara.
Lo que vemos en la práctica es que debates muy bien conducidos, serios, sustentados inclusive al detalle con pruebas y documentos, que ponen de manifiesto hechos graves para el interés colectivo, terminan en nada. Se agotan en la noche y al día siguiente, ni los medios de comunicación profundizan, ni los demás órganos estatales de investigación y control se dan por enterados. Como si hubiera sido un juego.
Al control político hay que ponerle dientes, y se los debe poner el Congreso, ojalá en la Constitución.
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