El gobierno de IVAN DUQUE MARQUEZ el 20 de agosto de 2019 sancionó la ley 1995, por medio de la cual “se dictan normas catastrales e impuestos sobre la propiedad raíz y se dictan otras disposiciones de carácter tributario territorial”, y fue creada como un salvavidas, con el propósito de garantizar a los propietarios que no pagarían incrementos excesivos, estableciendo un tope para la fijación del impuesto predial sobre el IPC, con ello, se busca proteger a las personas más vulnerables, previendo que para estos casos el incremento no sobrepasará del IPC, siendo en sentido general que la tarifa del próximo periodo después de la actualización no podrá sobrepasar en ningún caso un incremento de más del 50 % de lo pagado en el año inmediatamente anterior.
El tiempo de beneficio de normalización o regulación de la Ley es por cinco años, de esta manera los municipios no se verán afectados en sus ingresos ni los propietarios de inmuebles se afectarán con los reajustes al valor catastral actualizado de sus predios, que es tomado como base para el cobro del impuesto predial.
Toda esta argumentación parece ser letra muerta para muchos alcaldes y administraciones locales, quienes caprichosamente se sustraen de aplicar la ley, generando cobro de facturas impagables, que propician oportunidades para quienes ofrecen rebajas, o solucionar el problema, mediante hechos de corrupción.
Parece que para la administración del municipio de Turbaco el salvavidas o la intención presidencial de regular el tema de catastro e impuesto por medio de una ley, no ha entrado en vigencia, ni entrará. Serán los jueces de la república, los que tendrán que imponer el cumplimiento de la ley que por mandato constitucional debe ser aplicada de manera inmediata a partir de su entrada en vigencia. La realidad es que los propietarios de inmuebles manifiestan su preocupación, por el peligro que genera para la propiedad privada el incremento del avalúo catastral, y del impuesto predial ante la mirada atónita de una administración renuente a cumplir las leyes.
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