Se abre paso en nuestros países una práctica nefasta para el sistema democrático, que con cualquier pretexto, ciudadanos elegidos popularmente sean despojados de sus derechos políticos por decisión de funcionarios administrativos y sin haber sido condenados penalmente. El caso de María Corina Machado en Venezuela, es la última muestra de esta peligrosa tendencia. Ha sido destituida de su cargo como diputada de la Asamblea Nacional para el cual había sido elegida por el pueblo por la determinación, sin fórmula de juicio, adoptada por el Presidente de la misma Asamblea. Éste anuncio además que puede ser inmediatamente detenida porque ha perdido también la inmunidad que le garantiza la Constitución y el funcionario invoca la Constitución, cuando palmariamente la está violando. Se frustra de esa manera arbitraria la decisión del pueblo y todavía decimos los profesores de teoría del estado que la democracia es el gobierno del pueblo, cuando en la práctica, amparándose en una constitución democrática, quienes tienen en sus manos el poder efectivo dejan sin efecto las decisiones populares. Por eso la Convención Americana de Derechos Humanos –Pacto de San José de Costa Rica- establece en su artículo 23 que en cuanto a los elegidos popularmente, la Ley no podrá establecer privación de sus derechos políticos sino por delitos y por determinación de autoridades judiciales. Pero si María Corina llegara a obtener medidas cautelares, por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, lo probable es que Nicolás Maduro, siguiendo el ejemplo de Juan Manuel Santos, las desacate.