Punto de Referencia: URGENTE ACCIÓN DE LA FISCALÍA ANTE POSIBLES DELITOS. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

 

El artículo 250 de la Constitución, modificado en 2002, no puede ser más claro:

 

"La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo".

 

La norma agrega:

 

"No podrá, en consecuencia, suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal, salvo en los casos que establezca la ley para la aplicación del principio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual estará sometido al control de legalidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías".

 

La excepción -como todas en Derecho- es de interpretación estricta; y está nítidamente definida en el mismo texto superior y en la legislación penal.

 

Lo que informó el Fiscal General, Dr. Néstor Humberto Martínez, al país la semana pasada, sobre posible ingreso de un millón de dólares a la campaña de reelección del actual Presidente de la República, es, por su mismo enunciado, de una gravedad enorme. Así se ha visto en el país, pese a posteriores declaraciones del mismo Fiscal, y así, infortunadamente, se ha visto en el exterior, dado el internacional reconocimiento que para Colombia, y para el Presidente santos, ha tenido el proceso de Paz y el Nóbel correspondiente.

 

Por dignidad, el Gobierno debe exigir que no solamente sea el Consejo Nacional Electoral el que investigue y profiera un fallo, que -muchos piensan- será absolutorio, y que todo lo investigue la Fiscalía y tengan lugar los procesos en los estrados judiciales, no en los medios de comunicación, aunque éstos deberán informar al país lo que allí suceda. Si, como también lo dijo el Fiscal, pueden haber sido cometidos delitos, aunque en este momento no haya pruebas, la Fiscalía no puede dejar de adelantar las más rigurosas, exhaustivas y rápidas investigaciones, y entregar los resultados a los jueces y al país. 

 

Hay una presunción de inocencia que no ha sido desvirtuada, en favor de todos los hasta ahora involucrados y, por supuesto, del entonces candidato y a la vez presidente. Pero queremos ser enfáticos: no puede quedar sombra de duda, porque la duda empañaría para siempre la legitimidad del Gobierno.

 

Si el doctor Martínez, por haber desempeñado esa extraña figura de "Superministro", en el Gobierno actual, estima necesario declararse impedido, que lo haga. O que lo recusen. Pero el papel de la Fiscalía debe ser ejercido con toda verticalidad y transparencia.  

 

Modificado por última vez en Lunes, 13 Febrero 2017 07:56
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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