Opinion Online: Por la Unidad en la protección de las Familias - familias libres de violencia. Por Camilo Andrés Rodríguez. Destacado

Hace poco más de una semana el Dr. Néstor Humberto Martínez, candidato a ocupar el cargo más importante en el país en cuanto a su competencia para la investigación y atribución inicial de responsabilidades a quienes en Colombia han incurrido presuntamente en la comisión de conductas punibles, esto es, a ocupar el cargo de Fiscal General de la Nación, frente a las medidas que en caso dado implementaría en torno al feminicidio y la violencia intrafamiliar, expuso que la criminalización de dicha conducta debía ser objeto de revisión  considerando que“al criminalizarse la violencia intrafamiliar se está generando una ruptura del núcleo familiar a partir de expresiones de violencia de ocasión, además atosigando a todo el sistema penal colombiano”[1]lo que ha valido una enorme crítica alentada desde diferentes sectores sociales y por supuesto una previa e importante manifestación del Director de esta emisora, con un contenido que acompaño.

Quisiera no obstante corresponder al gesto del Dr. Néstor Humberto, encomiable sólo en cuanto a su sinceridad para reflejar sus orientaciones y pensamientos de lo que haría como encargado de dicha institución frente a esta temática, ofreciéndole estas líneas para que tanto en él, como otros/as que en forma silente o pública están de acuerdo, puedan considerar otra perspectiva con que confirmen sus hipótesis o alienten mejor la posibilidad de rebatirlas.

Aclaro no obstante, en una sociedad dada a las facilidades del maniqueísmo, que mis expresiones no se dirigen en contra de la persona del Dr. Néstor Humberto Martínez, ni pretenden llevarlo a él a la palestra, aunque sí lo son en cambio fuertes y vehementes manifestaciones contra sus expresiones racionales, traducidas en posturas, que de ser electo pudieran tener ecos institucionales y profundos retrocesos en el abordaje de esta grave afrenta contra el ejercicio de los Derechos Humanos y que igualmente está dirigida para quienes consciente o inconscientemente han incurrido o incurren en la violencia o han resultado ser sus determinadores por justificarla racionalmente, haciendo de ella su compañera inseparable ante la toma decisiones, cuando consideran que ya nada puede hacerse “por las buenas” en sus propias familias.    

La realización de las peores conductas y abyecciones, tanto como de los mayores aciertos y virtudes humanas se moldea en las familias.

 

  •     Del Contexto de la violencia Intrafamiliar desconocido no por los hombres sino por la cultura del patriarcado y el machismo.

 

La ablación, el aborto selectivo, el planchado de pecho, el matrimonio servil, el Sati, el feminicidio, las desigualdades en la educación, hoy quizás un tanto menores en el acceso, pero profundas aún en la orientación, bajo patrones en que se enseña a la mujer desde niña a que su realización se sujetará al estatus que logre alcanzar, no derivado de su formación académica y profesional y de la profundización de sus conocimientos al servicio de la vida, sino conferido por el nivel de dependencia de un hombre con el que establezca una relación afectiva que la provea, que le dé prestigio; la burka, la alimentación de fuentes proteínicas privilegiadas para los hombres, el impedimento para usar pantalón, para aprender a conducir, a nadar, de devengar el mismo salario, de trabajar o desarrollar una profesión fuera de casa, los golpes, los términos crueles humillantes o degradantes para causarle daño, la violencia sexual, la patrimonial, los obstáculos para que acceda a títulos de propiedad y posibilidades efectivas de disposición sobre los bienes, utilización pública y estereotipada de su imagen y su cuerpo como un objeto sexual, de satisfacción de una masculinidad que hace de lo femenino algo inferior, subordinado, cosificado, en especial sexualmente cosificado para alimentar el mercado de una masculinidad también construida y moldeada (estereotipada) de superioridad, tanto mejor, cuanto mayor sea su supresión emocional y sensible: Su “hombría”, aplaudida sólo en sus niveles de rabia o cólera, su ira, o su capacidad de causar daño; ha sido así con las mujeres que en el tránsito de la reivindicación de sus derechos continúan desde antes de nacer y hasta morir soportando los lastres de pensamientos en que sus humanidades se han comprendido como propias de los atributos asignados a roles derivados del patriarcado y el machismo, con que se ha marcado no sólo su rostro, además el sino trágico que  apela la “viril” decisión librada a la “brusca” emocionalidad, que puede llevarlas bajo esa misma práctica al pedestal tanto como al cadalso. De personas Cisgénero, Bisexuales, Transexuales, Intersexuales, Lesbianas o Gays, mutiladas en los embelecos inconsultos de la heteronormatividad. Fue y aún continúa así con la infancia (los sin voz si se precisa su origen etimológico) comprendidos/as hasta hace muy poco como menores, objetos que le pertenecen a su padres, futuros y no presentes de una sociedad[2], la prole, los que pagan las deudas de sus padres, lo que callan mientras los adultos hablan, los que deben quedarse quietos en el mundo, aprendiendo la única consigna para estar en él y es que deben dejar de soñar, mientras los adultos desde sus trincheras, lo agotan o lo destruyen, escupiéndole fuego, dióxido de carbono,  bombas, metralla, granadas, imponiéndoles el dramático desafío de morir de hambre y de sed en un país con abundancia en comida y agua, acaso cruel desafío si en la desviación de Ríos y afluentes pudieran sobrevivir porque hemos hecho de la prioridad “desiertos verdes” y carbónicos deleites en la búsqueda de minerales y fuentes de energía nunca tan rentables y valiosas como la misma vida. De víctimas del conflicto armado flanqueadas por la vulneración de sus derechos, la que ha sido una fase de acumulación originaria de capital para la explotación del campo por sus financiadores y la campante y extendida indiferencia que les acusa de ser las responsables de aquello de lo que resultaron serlo, hoy algunas de ellas sobrevivientes a quienes aún hoy pretenden expropiarles el campo tanto como pretendieron quitarles el arraigo. De adultas y adultos mayores que comprendidos como cargas e improductivos a un mercado en el que la elaboración de mercancías es el único sentido de existencia en que hay cabida para la “vitalidad”, son arrojados por la violencia por acción u omisión, al olvido, la soledad, el sufrimiento y la muerte. De indígenas y negros/as, campesinos y campesinas, que se hallan en los abismos de la segregación por los ensombrecidos caminos por los que ha sido llevada a transitar la humanidad; de grupos étnicos compenetrados con una idea de desarrollo vital que por años, han sido tachados de bárbaros incivilizados opositores del progreso. De completudes vacuas que no conciben la idea maravillosa de la magnitud de una humanidad extendida en las expresiones diversas que la enriquecen. Ésta es, sin profundizar, una descripción del conjunto, que en forma individual y aún más desguarecida imperceptible y silente bajo la fórmula de un número en el registro civil, la tarjeta de identidad y la cédula de ciudadanía, se riegan como integrantes de nuestras familias. De seguro uno o varios de los (las) sujetos (as) mencionados (as) forman parte de su propia familia y he descrito apenas de manera paralela algunas de las prácticas lesivas que se expresan en las sociedades a lo largo de la faz de la tierra, producto todas ellas, causadas o con un origen en la relaciones hegemónicas, esto es no entre iguales, sino de poder, de poderes no equitativos sino asimétricos.

Terminar con esas prácticas es una necesidad imperiosa, sin embargo, acabar con ellas no supone per sé, la erradicación de  las relaciones desiguales, pues ello podría suponer un tránsito hacia otras prácticas violatorias de los derechos de las poblaciones y personas y claros obstáculos en el reconocimiento y garantía de los Derechos Humanos, fundamento de las sociedades democráticas. De este modo, debe concentrarse la atención en los imaginarios que promueven tales prácticas para eliminarlos, esa es la tarea fundamental. Las manifestaciones del Dr. Néstor Humberto  tanto en su aseveración y fundamento, aquí estudiado, resultan ser paradójicamente expresiones de la cultura que sustenta la violencia, que la hace posible y la reproduce, de ahí el generalizado rechazo (afortunadamente) que han producido.

 

  •  De cuál es el significado enviado por el Dr. Néstor Humberto a la sociedad Colombiana.

 

Algo singular ha de resultar que pese a la brevedad del texto a que nos invita la postura del candidato aquí estudiada, yacen 3 imaginarios que naturalizan la violencia intrafamiliar: la primera de ellas es que según lo dicho, la violencia intrafamiliar no debería ser criminalizada.

 

  • · La Relevancia de las familias y la criminalización de las violencias en su interior

 

Fue primero la antropología la que se encargó de estudiar este fenómeno y fue allí se expresó por Morgan Lewis que “la evolución de la sociedad está íntimamente entrelazada con la familia; progresan, modifican y se proyectan a la par”[3], ello referencia el carácter principal que deberían tener las familias en su margen y estatus de protección integral y de ahí la estrecha relación en tiempos de justicia transicional de incorporar a las familias como agentes principales en que la decisión de  la paz es primigenia manifestación en el proceso de socialización.

Se comprende con claridad por qué han sido definidas las familias como las células fundamentales de las sociedades, al punto en que el constituyente le ha dado un valor y una protección fundamental en el artículo 44  Constitucional. De ahí que la Política pública para las Familias de Bogotá hubiese definido las familias como:

Organizaciones sociales, construidas históricamente, constituidas por personas que se reconocen y son reconocidas en la diversidad de sus estructuras, arreglos, formas, relaciones, roles y subjetividades; las cuales están conformadas por grupos de dos o más personas de diferente o del mismo sexo, con hijos o sin ellos, unidas por una relación de parentesco por consanguinidad, afinidad, adopción o por afecto, en las que se establecen vínculos de apoyo emocional, económico, de cuidado o de afecto, que comparten domicilio, residencia o lugar de habitación de manera habitual y son sujetos colectivos de derecho[4]

Que sea lo primero entonces recordar que en el marco del Derecho internacional público, se ha comprendido la violencia doméstica como una fuente de responsabilidad internacional de los Estados, esto es, a la teoría tradicional de responsabilidad estatal derivada de la Acción u omisión de sus agentes, se le suma la responsabilidad derivada de la omisión, negligencia o falta de la debida diligencia en el deber de prevenir, investigar, sancionar los actos de los particulares[5]que suponga una violación de los Derechos Humanos previstos en los instrumentos internacionales. Fue justamente la violencia intrafamiliar padecida por la señora María Da Penha Maia Fernades[6]en un sufrimiento indecible, que de haber dado lugar a al accionar oportuno, pero sobretodo diligente del estado de Brasil hubiese impedido las profundas y gravísimas afectaciones la vida de esta mujer, las que por cierto en Colombia se repiten con una preocupante estadística de una mujer asesinada cada tres días en promedio[7].     

 

      **La violencia como la fuente de ruptura de las relaciones familiares y de la Dignidad Humana

 

Ahora bien, para nuestros/as amables lectores el propio Constituyente, el pueblo de Colombia advirtió que es lo puede realmente fisurar las relaciones familiares, resquebrajarlas, afectando su unidad y descomponiendo la sociedad, fragmentando los márgenes de confianza y sembrando miedo en los sujetos /as: la Violencia.

En Colombia la violencia está definida por la Ley como toda acción u omisión destinada a causar daño.[8] Dentro de las formas reconocibles de daño, hemos construido 4 vertientes o formas de daño al interior de las familias: el daño físico derivado de los golpes o restricciones sobre la integridad corporal, el daño psicológico derivado de los tratos inhumanos crueles o degradantes que a pesar de lo que hoy consideran los Fiscales a cargo de la violencia intrafamiliar incluye la violencia verbal por la utilización de términos vulgares o soeces, el daño patrimonial con que se ocultan, sustraen, distraen o impide el ejercicio de los derechos de propiedad sobre los bienes o su goce efectivo en planos de igualdad, así como de daño sexual que en el plano de las relaciones de pareja también puede darse como consecuencia de la obligación a otro miembro de la familia de tener un contacto erótico sexual no deseado o no consentido. Son esos daños causados por la violencia y es la violencia como instrumento equivocado de relación el factor a intervenir.

Dr. Néstor Humberto a usted y a las/los lectoras/es con afecto les invito a que si quieren hacer algo en favor de la unidad familiar, actúe en primer lugar contra la violencia, pues no se resquebraja la familia por la decisión de huir, se resquebraja en el acto cruel, humillante, degradante o la tortura de la violencia en el mismo lugar en que debería principiar el afecto, la solidaridad, la comunicación asertiva, elemento indicador del lugar al que debe encaminarse nuestra acción no para impedir la huida, sino para erradicar la fuente que produce el sufrimiento, esto es, unívocamente y con la mayor contundencia, nuestra acción debe extirpar la semilla de la violencia cuyo hijo a gran escala hoy enluta al Estado en guerras también fratricidas que con odios inexpugnables hay quienes hoy se niegan a gestionar en forma adecuada y libre de violencia.

 

   *** De la Violencia como Instrumento para negarnos a reconocernos en la otredad

 

Dr. Néstor Humberto, promovamos en nosotros/as mismos/as ejercicios de reflexión sobre la forma en que vemos a los demás, en que nos relacionamos con nuestros familiares hoy, pues si queremos entonces erradicar la violencia, veremos que es en nuestros prejuicios, señalamientos y nuestro proceder ante lo que son o hacen nuestros familiares diferente a nuestra voluntad que pretendiéramos a través de la violencia “corregirlos” llevarlos acaso por la senda en que creemos que transitarían “rectos”, “normales” negándonos a descubrirlos en una naturaleza tan infinita como diversa a la nuestra, es allí, en dónde radica a fin de atacarla, escalonadamente, contundentemente, integralmente.

Una compleja realidad emana del centro de la cultura humana en que hemos acunado sin desdén una serie de pensamientos, ideas y percepciones de los demás, es decir, de la forma en que vemos al/ a la  otro/a y nos relacionamos con él/ella hemos creído que tales maneras de concebirlos/as son naturales, no hemos analizado su justificación y bajo tal equivocada comprensión hemos dejado que sea la violencia la encargada de sustentar su mantenimiento.[9]

Así, La violencia es una expresión del miedo y de las barreras levantadas y sostenidas por las taras del oprobio en que la cultura ha impedido para las especies- incluyendo a las especies no humanas- el goce efectivo del derecho a la igualdad. La cultura del libre mercado ha reforzado las racionalizaciones con que se han menospreciado las humanidades hasta llevarlas a la cosificación. Y circunspectos entonces por la espiral de la violencia hay quienes han creído que nuestra naturaleza no tiene más que renunciar al bello y gran desafío de hacerle frente bajo la decisión de la Paz y señalar entonces que no hay nada que pueda hacerse porque en forma errónea se considera que a la organización familiar la debe acompañar la violencia irremediablemente.

No hay en el país, el primer ser humano in vitro, la única seguridad de un ser humano si se lo permiten quienes forman parte de ella, es que nace insertado en una familia (funcional o disfuncional) pero es en cuyo contexto en el que encuentra origen (a nivel biologicista) si se quiere y es en cuyo contexto en que se determina -por la cantidad y mejor aún por la importancia de los vínculos, no de consanguinidad sino afectivos, de solidaridad y acogida-  , en términos del zorro de El Principito, labrados por nuestra domesticación.

En las familias principia la decisión de la paz, la gestión de conflictos libres de violencia al interior de las familias implica una posibilidad real y concreta según lo hemos visto y la ciencia lo ha explicado suficientemente, para superar la guerra, que es la decisión de gestión más vil e inadecuada de los conflictos humanos. La criminalización que en todo caso se corresponde con el deber del estado de investigar y sancionar a los responsables de la Comisión de afrentas contra la dignidad humana y en particular de los derechos convencionales en lo que respecta al Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, implica el deber legal estatal de investigar y sancionar a los responsables de incurrir en conductas de violencia intrafamiliar[10]. Obligación general a garantizar para todos los seres humanos sin importar su sexo, origen étnico, edad, posición social etc. Pero que se refuerza y se hace especial con los grupos de personas que históricamente han sido vulnerados y que hoy gozan de protección constitucional reforzada.

 

  **** DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR COMO CRIMEN

Su propuesta Dr. Martínez desconoce nuestra constitución Política que está formada además por la Convención Americana de Derechos Humanos, Convención que conforma un corpus iuris o unidad normativa en la interpretación de los derechos a proteger por la Convención Interamericana Para Prevenir,  Sancionar Y Erradicar La Violencia Contra La Mujer  "Convencion De Belem Do Para" (entre otras) que en su artículo 7 literal C, señala que es un obligación de los Estados, mejor, que es una obligación del Estado Colombiano:

“Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente:

 a. actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer;

 b. incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso” (Negrillas y subrayado fuera de texto)

Reiterando entonces por el costo que ha tenido para la vida de las mujeres, sujetos afectados histórica y principalmente en el seno de las familias por la violencia y recordando que en forma previa me referí al caso conocido por el sistema interamericano de protección de los Derechos Humanos que la considera como un crimen, acompasado de las previsiones que en forma tangencial retomo de uno sólo delos instrumentos internacionales, debemos señalar sin ambages que la violencia intrafamiliar o doméstica, como se menciona a nivel internacional, es un crimen y el derecho penal, aunque no sólo él, pero sí paralelo y complementario con medidas de otra índole, está hecho para los crímenes, luego pretender su “descriminalización” como si fuese una situación de pura semántica, a sabiendas de los fuertes impactos en la sociedad y las obligaciones internacionales es un crimen igual o mejor dicho, la perpetuación del crimen. 

 

·        DE LA RUPTURA DE LA UNIDAD FAMILIAR

Ahora bien profundizando frente a su argumento en torno a que la criminalización rompe con la unidad familiar, quisiera preguntar mejor ¿rompe la armonía y unidad la denuncia? O es la violencia en que incurre quien decide agredir a los miembros de su hogar?

Perdone usted mis prejuicios, pero creo yo que cuando expuso usted su pensamiento, hacía referencia a relaciones matrimoniales por vínculos religiosos- una forma de constituir familia según nuestra Constitución-  sin embargo recuerde, que como esencial elemento previo a la aprobación  de la unión solemne expresada para ser cumplida en forma permanente por los contrayentes, hay tres manifestaciones de voluntad, con que se identifica que esa “vitalicia unión” no se surte a ciegas. Ellas anuncian las tres obligaciones fundantes de tan solemnes vínculos contenidas en los votos nupciales indicando los tres contenidos estructurales fundamentos de dichas uniones, recuerde usted: Serte Fiel,  Amarte y “RESPETARTE” de modo que no sea una interpretación acomodaticia de quien ofrece estas palabras, sino una verdadera esencia de la unión por ser esencia de la dignidad el vivir una vida libre de humillaciones, incluyendo el matrimonio cuya institución relevante no se expresa simple y llanamente en la existencia de unos contrayentes ante un testigo revestido de solemnidad que preside la ceremonia, sino de un acto sustancial cuyos efectos principalmente precisan el vivir el amor ante circunstancias de comodidad como también adversas, pero nunca producidas por las de uno de los contrayentes dirigidas a causarle daño a su consorte.

Si usted en este asunto que al parecer considera como trivial, se hubiese preparado en debida forma, como en tantos otros en que sobresale por su experticia y conocimiento, hubiese visto que recientemente en una sentencia con obligaciones vinculantes, nada más y nada menos que con efectos erga omnes, por ser derivados de la ratio decidendi de una sentencia de Constitucionalidad[11] ya había zanjado este asunto, en el que un ciudadano con una forma de pensar parecida a la suya demandó la Ley 1542 de 2012 al considerar que atentaba contra la familia eu elevación a la categoría de delito así como su posibilidad de ser investigada y conjurada de oficio, asunto en torno al cual la guardiana de la Constitución Política en forma clara y expresa  advirtió que la supresión del carácter de querellable y desistible que durante años los delitos de inasistencia alimentaria y violencia intrafamiliar corresponda con el nivel de las obligaciones pactadas a nivel Internacional en la protección de los Derechos Humanos de las mujeres[12]y en general de los miembros de la familia, reiterando que es la violencia y sólo la violencia la responsable de fracturar o escindir la unidad y las relaciones familiares.

Imaginémonos por un momento a las víctimas de la violencia teniendo que cargar con el lastre de los dolores que integrantes de sus familias les producen, como para que la institucionalidad las señale como las responsables además de la ruptura del vínculo, de quitarle el padre o la madre a sus hijos para llevarlos a la cárcel, cuando lo que produce el efecto de la cárcel (reitero) no es la denuncia sino la justa sanción al incurrir en violencia contra quienes deberían ser los privilegiados del amor, el afecto y la solidaridad.

Lo que atenta contra la familia Dr. Martínez no es la denuncia de haber sufrido la violencia, la persecución y la sanción del responsable[13], como no lo es responsable la víctima de ser atravesada en su humanidad por palos, ofensas, insultos, golpes, amenazas o de ser violada diciéndole que acaso se deriva de su culpa exclusiva, del mismo modo -fíjese usted- como tampoco lo es responsable el banquero/a de que pretendan robarlo o que lo roben. Ni es responsable ese banquero de atiborrar la justicia con sus denuncias si fuesen muchos los banqueros estafados y poca la acción estatal para evitarlo o sancionar a sus responsables en forma eficaz.

 

·            DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR COMO MECANISMO SISTEMÁTICO Y NO DE OCASIÓN.

 

Si lleváramos a cabo una indagación seria, exhaustiva, con profesionales de diferentes vertientes científicas, en torno a las denuncias de violencia intrafamiliar en el país, de seguro encontraríamos -patrones- de conducta. Algo que se reconoce plenamente como una sistematicidad. También encontraríamos que tales patrones son generalizados y que pese a algunas diferencias del sujeto agente insertado en sus contextos culturales, se mantiene en todo caso una línea de actuación estructural, unos elementos sustanciales con algunas diferencias muy leves.

Es bien claro que violencia intrafamiliar no es igual a violencia contra la mujer, porque hay diversas víctimas además de las mujeres, pero también es preciso advertir que aún los datos reflejan que son las mujeres en mayor número quienes denuncian y es con fundamento en tal situación que se colige la violencia intrafamiliar con acciones específicas en favor de estos sujetos especiales de protección, así como de las y los niños.

Encontraría usted un bloque en la violencia como pauta de corrección inadecuada de los hijos frente a sus responsabilidades parentales, tensiones en la dinámica de interacción resueltas en forma equivocada a través de la violencia frente  a la decisión de dar continuidad o no a los proyectos de vida de parejas, ejercicios inadecuados en el desafío a la autoridad parental por los adolescentes, agravados cuando la esfera de poder parental esta fracturada por ausencia o deficiente comunicación de los padres, distribución inequitativa de los roles y cargas domésticas,  triangulización, pocas posibilidades de expresión y realización de la determinación propia, renuencia a aceptar por uno de los integrantes de la pareja la decisión del otro integrante de darla por terminada, encontrándonos con que la incidencia más alta de feminicidio está determinada en mayor medida por esta última variable. Esto es cuando usted estudia el feminicidio, la violencia intrafamiliar y la utilización de agentes químicos para causar daño, encuentra una coincidencia expresada en la expresión más dañina con que el agresor cree que se salvará de enfrentar y asumir el duelo en la frase “si usted no es para mi no es para nadie”, amenaza que en la fórmula que usted plantea le supone a la víctima la completa impotencia y desesperanza para buscar su protección y restablecimiento efectivo de sus derechos.

Piense usted que en este país hay un proceso generalizado de homicidios, o que se incrementan los secuestros, o que las masacres aumentan otro tanto. ¿Cree en verdad que dejando de criminalizar tales afrentas porque al criminalizarlas los delincuentes incurrieran en más de ellas, nos libraríamos de tales conductas? ¿Cree que ante una cantidad elevada de tales criminales conductas como las que he mencionado, deba el Estado ceder en su empeño de prevenirlas, investigarlas y sancionarlas porque estén atiborrando el sistema penal?.  Hay en el país un fenómeno con el que las denuncias van en aumento, justamente en parte porque se reconoce que la tal violencia no es un atributo per sé de las relaciones familiares, que las personas comprenden bien pueden denunciar para evitar su repetición así como para que se reparen los daños que con la misma han sido causados, pero eso que usted denomina atiborrar, no es algo que producen las denuncias de las víctimas, sino la ausencia de mecanismos expeditos, integrales, eficaces para contrarrestarla, es esa, justamente una realidad dramática que pugna contra el proyecto Estatal de una República democrática que contradice en forma contundente los pilares del Estado y el marco de una axiología SOCIAL de Derecho cuyo pilar es la dignidad humana. Esos que atiborran se sienten menoscabados en la expresión más básica de la dignidad humana que consiste en vivir libres de violencia.

No hay una ocasión como producto de una decisión abstraída del contexto cuando un hombre golpea a una mujer por que no hace e almuerzo, o porque llegó “tarde” del trabajo, o porque le “levantó la voz” o porque “algo hizo porque es que ese hombre es tan pacífico, tan bueno, tan honorable etc”. En cada uno de esos actos aparentemente aislados, “triviales” se encarna una expresión sistemática y generalizada de la violencia contra las mujeres.  Cabe recordar en este punto la experiencia internacional con que más de 2000 mujeres de 40 países asistieron al acto del Tribunal Internacional de Delitos contra las Mujeres cuyos relatos bien pueden ofrecerle el abrumador panorama que con medidas que están inmersas en un plano de relación desigual le suponen a las mujeres marcos de interacción como inferiores y como objetos, cabría que se preguntara cuando fue la primera vez que una mujer ejerció el derecho a votar y que tuvo que hacer esa mujer para tener el derecho al sufragio universal, o que se preguntara no más porque en el país no se ha dado el caso de una mujer Presidente de la República.   

Su propuesta Dr., pudo y le propongo debería ser si llegare a ser electo Fiscal, la creación de un grupo de investigación y formulación de acusaciones de contexto de la violencia intrafamiliar, así como existe en el caso del conflicto armado en el país y los grupos emergentes de delincuencia organizada. Desafortunadamente lo fue proponer la descriminalización bajo términos y expresiones contrapuestos a nuestra Constitución Política, pero mientras haya vida hay esperanza y mientras ella subsista pues estas palabras como invitación.

¿Lo comprende Dr? En la violencia intrafamiliar, cabría la adopción de declaratoria de un Estado de Cosas inconstitucionales o cuando menos no una propuesta dirigida a no hacer por las víctimas en cumplimiento de las obligaciones estatales, sino afinar, acrecentar y llevar a la eficacia los instrumentos de modo que se cree una unidad de prevención, investigación y sanción de los responsables que precise el contexto de dichas violencias. Que investigue y juzgue con un número de funcionarios (as) suficiente acorde con el nivel de denuncias, que se dé a la tarea de someter con rigurosidad al criminal de manera que su acción punitiva termine además siendo una acción  de prevención – terciaria- de la violencia. De casos que no terminen sobreseídos o archivados y que hagan de la labor del (de la) Fiscal un verdadero instrumento del acceso a la justicia.

La propiedad, como la familia que en todo caso es el patrimonio más grande de la sociedad, son bienes jurídicos importantísimos, que no deben ceder a ser considerados como simples objetos de acciones menores, banalizando su importancia y promoviendo la violencia al cohonestar con ella como lo he pretendido exponer.

 

 Una invitación final

 

Desde la riqueza de nuestra diversidad, que promueve la existencia de marcadas contradicciones en nuestros conceptos y posiciones Dr. Néstor Humberto, hemos de atesorar aquello que en forma natural y visible nos vincula, o cual no es accesorio o accidental sino principal e importante y es que somos hijos de la tierra; eso nos hace hermanos. Han de quererse los hermanos y de apoyarse en el dolor y la adversidad. No quisiera que mis reparos le produjeran congoja, sino la necesidad de afinar en esta materia su juicio porque la responsabilidad de él claramente no se agota en quien usted mientras realizaba la entrevista pensaba que lo era. Aquí hay un gravísimo y profundo dolor que debemos reparar, para otros que a causa de la violencia en sus familias mientras usted lee esto, son fustigados bajo el silencio cómplice  del desdén y una indiferencia que los lleva a la desesperanza. Por la unidad de las familias Colombianas,

Es la de la igualdad la causa que debemos acompañar a sabiendas que hay que “amar sin miedo la virtud aunque no tenga mantel para su mesa”[14] . Que “el sufrimiento que no es merecido es emancipador”[15] y que sólo el Ahímsa[16] pero además la resistencia libre de violencia puede producir el cambio.

 

 

 


[1]Texto tomado de Violencia intrafamiliar, “un debate difícil de conciliar”. http://www.elespectador.com/noticias/judicial/un-debate-dificil-de-conciliar-articulo-637997-0

[2]Ver “Commission on Human Security: Human Security Now, New York, 2003, p. 4” objetos de la intervención de Estado, propiedad de los adultos, “futuro”, carencia.

[3]LEWIS, Morgan Citado por: SANCHEZ Mirtha Analy. "Análisis de la violencia familiar hacia el adulto mayor en la ciudad de Cosquín” que pertenece al texto de Violencia Familiar y Análisis de Sentencias en el Fuero Civil, Penal y Laboral" del tomo 4 de la Colección Investigaciones y Ensayos del Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez, registrado bajo ISBN 978-987-22616-6 p.3. citado en “primer informe intersectorial violencias contra las personas mayores Secretaría de Integración social.  Secretaría de Gobierno, Secretaría Distrital de Salud, Universidad Piloto de Colombia”

[4]Política Pública para las Familias de Bogotá. Decreto Distrital 545 de 2011.

[5]Véanse entre otras “Corte IDH, Caso Velásquez Rodríguez, Sentencia de 29 de julio de 1988, párr. 176; y Corte IDH, Caso Godínez Cruz, Sentencia de 20 de enero de 1989, párr. 187.”

[6]“De acuerdo con la denuncia, el 29 de mayo de 1983 la señora María da Penha Maia Fernandes, de profesión farmacéutica, fue víctima en su domicilio en Fortaleza,  Estado de Ceará, de tentativa de homicidio por parte de su entonces esposo, el señor Marco Antônio Heredia  Viveiros, de profesión economista, quien le disparó con un revólver mientras ella dormía, culminando una serie de agresiones durante su vida matrimonial.  A resultas de esta agresión, la señora Fernandes resultó con graves heridas y tuvo que ser sometida a innumerables operaciones.  Como consecuencia de la agresión de su esposo, ella sufre de paraplejia irreversible y otros traumas físicos y psicológicos”, texto tomado de INFORME N° 54/01* CASO 12.051 MARIA DA PENHA MAIA FERNANDES. BRASIL. 16 de abril de 2001. Comisión Interamericana de Derecho Humanos. http://www.cidh.oas.org/women/Brasil12.051.htm#_ftnref2.

[7]“Según el registro de la Defensoría del Pueblo, en el país 6.219 mujeres han reportado algún tipo de amenaza, de las cuales 1.658 son catalogadas críticas. El 50% de las amenazas provienen de compañeros sentimentales, el 30% de exparejas y el 10% de esposos y novios.  Se han identificado 1.658 casos en estado crítico. Estamos acercándonos a que la mitad de homicidios en Colombia son feminicidios", aseguró Carolina Tejada, defensora delegada para la mujer. Según Tejada, los agresores tienen un accionar claro: el aislamiento de sus víctimas. En el primer semestre del año fueron asesinadas 399 mujeres. Las cifras de Medicina Legal dan cuenta que en lo corrido de este año se han registrado 1.321 casos de violencia sexual contra mujeres mayores de 18 años. A junio las agresiones llegaron a 20.241.” texto tomado de Noticia RCN. http://www.noticiasrcn.com/nacional-pais/feminicidio-colombia-deja-399-mujeres-asesinadas-primer-semestre-del-ano.

[8]Aplicación in extenso por la modificación general a la Ley 294 de 1996, a partir de la definición del artículo 2 de la ley 1257 de 2008.

[9]“La cultura de la exclusión inscrita en nuestros cuerpos, mentes, maneras de ser; atraviesa de un modo permanente y cotidiano nuestras vidas; esta en las representaciones sociales. Es así como encontramos  hombres y mujeres desconocidos por la Historia, con Mayúscula; diversos grupos étnicos y culturales han hecho aportes y estos han sido invisibilizados, menospreciados, ridiculizados, estigmatizados… la cultura de la exclusión tiene profundas raíces históricas y se ha transmitido de manera legítima a través de procesos de socialización y sociabilidad inscritos en la “mentalidad colombiana”. Claudia Mosquera. “de qué estamos hablando cuando hablamos de Paz?” en la universidad piensa la paz: obstáculos y posibilidades. C Diaz. C Mosquera y F Fajardo (Comp). Universidad Nacional de Colombia Bogotá. 2002. 

[10]Derivado de la obligación Estatal de proteger los Derechos de la Convención. Art 1. CADDHH.

[11]Sentencia C 022 de 2015. Corte Constitucional. Mp Mauricio González Cuervo.

[12]“Considerar la violencia contra las mujeres como un asunto de derechos humanos, implica para el Estado colombiano la obligación de prevenir, erradicar y sancionar los hechos constitutivos de todas las formas de violencia, so pena de incurrir en sanciones por parte de la Comunidad Internacional, en caso de incumplimiento.

Resulta entonces totalmente inaceptable, que la violencia contra las mujeres que se produce en el espacio de lo doméstico, como resultado de las relaciones desiguales de poder que subyacen en la sociedad, esta no sea intervenida de forma eficaz por parte del Estado colombiano, para erradicarla, prevenirla y sancionarla en la dimensión de los graves daños que esta produce en la vida, la salud, la integridad personal y el proyecto de las mujeres; razón por la cual, se expidió la Ley 294 de 1996, por la cual se dictaron normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar, la que fue modificada por la Ley 575 de 2000 que introdujo cambios en materia de procedimiento, competencias y ampliación de las medidas de protección.” (Sin citas del texto original)” Sentencia C 022 de 2015. Corte Constitucional.

[13]De manera contundente la Corte Constitucional en la Pluricitada Sentencia, cuyo cumplimiento es obligatorio para las personas en Colombia señaló “5.5.12. Las consideraciones del Legislador para eliminar la querella como exigencia para la investigación de los delitos subexamine, es perseguir y erradicar la violencia de género y los feminicidios que se presentan en el país, en su mayoría mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, quienes en algunos casos son amenazadas por sus agresores y/o dependen económica y afectivamente de estos, lo que las intimida en la presentación de las denuncias impidiéndoles el acceso efectivo a la administración de justicia, efectivamente contribuye a  lograr los fines planteados, puesto que la denuncia puede ser instaurada por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos constitutivos de la violencia intrafamiliar o de la inasistencia alimentaria y su persecución por parte de las autoridades debe realizarse de manera oficiosa.

5.5.13. A juicio de la Sala la eliminación de la querella en las disposiciones acusadas es una medida efectivamente conducente a la disminución de los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria, toda vez que su investigación y castigo no estará sujeto a la denuncia que deba interponer la víctima, sino al conocimiento que tenga la autoridad de los mismos, lo que a todas luces significará un acceso efectivo a la justicia por parte de la víctima, mediante la imposición de un castigo efectivo a los infractores, evitará la comisión de delitos que se dan como consecuencia de la imposibilidad de acción de la sociedad y de las autoridades e inculcará valores de respeto y protección, instigando a los maltratadores a abstenerse de concretar sus conductas abusivas.

5.5.14. Contrario a lo manifestado por el demandante, la eliminación de la querella en los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria, antes que vulnerar la familia como núcleo esencial de la sociedad, lo que persigue es su protección, como deber del Estado y de la Sociedad, en tanto toda forma de violencia al interior de la misma es considerada destructiva de su armonía y debe ser sancionada conforme a la ley.”

[14] José Martí. Los Pobres de la Tierra.

[15] Dr. Martin Luther King Jr.

[16] Mahatma Gandhi.

Modificado por última vez en Martes, 21 Junio 2016 09:00
Camilo Andrés Rodríguez Toro

Abogado especialista en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 

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