Análisis de La Voz del Derecho: Necesaria rectificación Destacado

 

 

 
Hemos recibido del Dr. Román Medina –Asesor del Despacho de la Contralora General de la República, Dra. Sandra Morelli- varias precisiones que se presentan completas en esta página y se leen en la emisora virtual “La Voz del Derecho”, acerca del artículo titulado “Investigación a la Contralora General de la República, Dra. Sandra Morelli”, publicado por esta página.
 
Con todo gusto difundimos las precisiones de la señora Contralora, aclarando desde luego que la periodista autora del artículo no formulaba cargos contra la Dra. Morelli, ni hacía afirmaciones propias sobre su opinión o la de este medio en relación con los contratos materia de investigación. Simplemente registraba como noticia la existencia de la investigación y resumía intervenciones públicas ya aparecidas en otros medios, de la señora Auditora General de la República, Dra. Laura Marulanda, y de la propia señora Contralora en su defensa.
 
No obstante, en cuanto de los términos utilizados en el artículo de la referencia pudiera inferirse que este medio hubiese asumido como verdadera cualquier posible responsabilidad penal de la Dra. Morelli, más allá de la simple y sencilla información acerca de la investigación, no vacilamos en expresar, con la verticalidad y franqueza que nos caracteriza, que tal sentido del artículo –si existiera o si así se entendiera- carece de todo fundamento y merece rectificación clara y contundente, a la cual procedemos.
 
Los medios de comunicación estamos obligados a respetar las garantías constitucionales y los derechos fundamentales de las personas, entre ellos uno de los primeros y más importantes el derecho a la honra y al buen nombre, la presunción de inocencia y el debido proceso.
 
La Dra. Sandra Morelli, como todas las personas, es titular de tales derechos, y aunque en su contra exista –como existe- una investigación penal, goza de la presunción de inocencia. No puede ser condenada por los medios de comunicación –incluido el nuestro- sin haberlo sido por sentencia judicial en firme.
 
La presunción de inocencia, que es una de las más valiosas garantías del sistema jurídico colombiano y de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, debe prevalecer: nadie puede ser condenado sin haber sido oído y vencido en juicio.
 
Por eso, aunque sabemos que condenar a la Contralora o dar por ciertos y probados los cargos en su contra no era la intención de nuestra periodista, presentamos disculpas a la Dra. Morelli y quedamos atentos al curso del proceso. Entre tanto, la consideramos –como debe ser considerada- inocente.
 
Archivos Adjuntos a la comunicación:
 
Haga click acá para leer el Documento enviado por la Contraloría General de la República. 
Haga click acá para leer el Anexo 1,2,6,7 y en PDF.
Haga click acá para leer el Anexo de la Fiscalía General de la Nación. 
Haga click acá para leer el Anexo de la Acción Popular.
Haga click acá para leer el Anexo Contrato de Arrendamiento.
Haga click acá pára leer el Anexo Prórroga. 
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Modificado por última vez en Miércoles, 06 Agosto 2014 10:31
La Voz del Derecho

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