Haga click acá para leer la Sentencia en PDF.
Jurisprudencia: Sentencia del Consejo de Estado Destacado
“Cuando se produce la exoneración del sindicado, mediante sentencia absolutoria o su equivalente, por alguna de las causales previstas en el citado artículo 414 del C. de P. C. -sin que, en cualquier caso, opere como eximente de responsabilidad la culpa de la víctima-, las cuales se aplican a pesar de la derogatoria de la norma, o –en la opinión mayoritaria de la Sala- por virtud del indubio pro reo, el Estado está llamado a indemnizar los perjuicios que hubiere causado por razón de la imposición de una medida de detención preventiva que lo hubiere privado del ejercicio del derecho fundamental a la libertad, pues, de hallarse inmerso en alguna de tales causales, ningún ciudadano está obligado a soportar dicha carga”.

La Voz del Derecho
Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.
Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Lo último de La Voz del Derecho
- PANORAMA ECONÓMICO: Bre-B: El nuevo modelo de transferencias entre bancos
- MEDICINA FORENSE: La crisis de medicamentos
- DEPORTE AL DERECHO: Club León EXPULSADO del Mundial de Clubes: La multipropiedad en el fútbol
- HABLEMOS DE DERECHO ELECTORAL: La Consulta Popular. Invitado: Dr. Alfonso Portela
- MEDICINA FORENSE: La esquizofrenia
- DEPORTE AL DERECHO: ¿Huelga en el fútbol profesional colombiano?
- LA VOZ EL BUEN TRATO: La relaciones entre los hermanos respecto de los padres adultos mayores
- PANORAMA ECONÓMICO: Guerra arancelaria: Cae la Bolsa de los Estados Unidos
- DERECHO URBANO E INMOBILIARIO: Crisis energética en transición. Invitado: Dr. Amylkar Acosta
- FORO PENAL: Caso Epa Colombia y la Perspectiva de Género