Haga click aquí para leer el texto en PDF
Jurisprudencia. CORTE CONSTITUCIONAL. Si el empleador desvincula al empleado y éste inició tratamiento médico bajo la vigencia del contrato, la EPS no puede, bajo ese pretexto, desafiliar al paciente. Destacado
“Las empresas prestadores de servicios de salud, no pueden suspender la prestación de los servicios de un paciente que hubiera iniciado un tratamiento y deben continuar con el desarrollo del mismo hasta su culminación. Adicionalmente se concluye que dichas empresas no pueden retirar del Sistema de Salud a pacientes que tengan tratamientos iniciados, bajo el argumento de que su empleador los desafilió, ya que esto vulneraría sus derechos a la salud y a la vida”.

La Voz del Derecho
Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.
Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Lo último de La Voz del Derecho
- PANORAMA ECONÓMICO: Bre-B: El nuevo modelo de transferencias entre bancos
- MEDICINA FORENSE: La crisis de medicamentos
- DEPORTE AL DERECHO: Club León EXPULSADO del Mundial de Clubes: La multipropiedad en el fútbol
- HABLEMOS DE DERECHO ELECTORAL: La Consulta Popular. Invitado: Dr. Alfonso Portela
- MEDICINA FORENSE: La esquizofrenia
- DEPORTE AL DERECHO: ¿Huelga en el fútbol profesional colombiano?
- LA VOZ EL BUEN TRATO: La relaciones entre los hermanos respecto de los padres adultos mayores
- PANORAMA ECONÓMICO: Guerra arancelaria: Cae la Bolsa de los Estados Unidos
- DERECHO URBANO E INMOBILIARIO: Crisis energética en transición. Invitado: Dr. Amylkar Acosta
- FORO PENAL: Caso Epa Colombia y la Perspectiva de Género