La proliferación del denominado "microtráfico" de estupefacientes, también conocido como “narcomenudeo”, en las ciudades colombianas es verdaderamente alarmante.
Se trata de una verdadera invasión criminal que está causando enormes daños en el interior de la sociedad, corrompiendo a los niños y jóvenes, y ante su expansión la actividad de la Policía Nacional –a pesar de sus buenas intenciones- ha sido insuficiente, ya que tropieza con mil dificultades de orden práctico, entre ellas la disculpa de la famosa “dosis personal”, en mal momento despenalizada por Sentencia C-221 de 1994, proferida por la Corte Constitucional, de la cual discrepamos en su momento. Ahora, para completar, la Corte Suprema sostiene que si a una persona la encuentran en posesión de hasta 20 plantas de marihuana recién cortada, es posible entender que no incurrió en los delitos de tráfico de estupefacientes o en el de cultivar, conservar o financiar plantaciones de marihuana.
Decía hace poco “El Tiempo” que, de 345 toneladas de cocaína producidas, 70 toneladas se venden en calles y 'ollas' de las principales capitales, pues los laboratorios se mueven hacia las ciudades.
Son muchas las modalidades usadas por los delincuentes para penetrar de manera subrepticia en las comunidades y para llegar a los consumidores, que, como lógica consecuencia, van en aumento. Las formas de hacer disponibles esas venenosas sustancias van desde la venta en las calles, camuflados los distribuidores en puestos o en establecimientos supuestamente dedicados a otras actividades, hasta el llamado “servicio a domicilio”, de casa en casa o de apartamento en apartamento.
Lo más grave, como lo hemos visto a raíz del doloroso caso del Colegio Marco Fidel Suárez, de Bogotá, consiste en la distribución de la droga en los colegios. Inclusive, hay estudiantes que son distribuidores en su interior, a ciencia y paciencia de directivos y docentes. Se están utilizando, además -e infortunadamente con éxito-, las redes sociales, para propagar el consumo de drogas.
Se han quedado en pura teoría preceptos constitucionales como los que dicen que “la familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos” (art. 44); que “el adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral” (art. 45), o que “el porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica” (norma introducida mediante Acto Legislativo 2 de 2009).
Estamos mal. Muy mal. Nos está derrotando el delito.