PUNTO DE REFERENCIA PAZ Y PRINCIPIOS ESENCIALES. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

 

En todo proceso de paz,  los acuerdos celebrados tienen que partir de unas bases mínimas de compromisos, obligaciones y deberes de las partes. 

                      

Es lo que ocurre con el Acuerdo Final celebrado entre las Farc y el Gobierno colombiano, con el objeto de poner fin a un largo período de conflicto y violencia.   

                    

Como se sabe,  no se trata simplemente de la desmovilización de los alzados en armas,  o del cese al fuego,  y ni siquiera de la entrega de las armas,  pues todo ello se supone que es de la esencia de un acuerdo de paz,  aunque en el caso colombiano se fijan y se desfijan plazos,  y siempre hay disculpas para nuevos aplazamientos.

 

En los procesos de transición del conflicto hacia la paz se deben aplicar unos principios, sin los cuales no se configura en realidad aquello que el Gobierno colombiano ha llamado "una paz estable y duradera". Esos principios son: verdad, justicia, reparación y no repetición. Es necesario llegar a conocer en su totalidad y sin esguinces lo que aconteció, por qué y cómo, y reconocimiento expreso y completo, por parte de los victimarios, de los crímenes cometidos.. Es indispensable que se aplique la justicia, aunque por ser transicional sea más benigna que la ordinaria -aunque no se debe confundir con la impunidad, ni eludir la obligación del Estado de sancionar  crímenes como los de lesa humanidad, los de guerra cometidos en forma sistemática, o el genocidio-. Es obligación de los victimarios aportar bienes y recursos con miras a la adecuada e integral reparación de las víctimas. Y debe existir un compromiso claro de no repetición de las conductas delictivas, con reglas exigentes para que se sancione la reincidencia con la pérdida de todo beneficio.

 

Es evidente, que delitos como el secuestro, que  son continuados y que se siguen cometiendo mientras  el plagiado no sea liberado, tendrán que cesar de inmediato, sin plazos adicionales, pues permitirlos implicaría consentimiento oficial para que el delito se siga cometiendo. 

 

Y es evidente también que los bienes y dineros adquiridos ilícitamente por una organización que se acoge a proceso de paz deben ser entregados y destinados ante todo a la reparación integral de todas las víctimas.

 

Si alguno de estos elementos falla, el proceso adelantado no es otra cosa que una pantomima.

Modificado por última vez en Viernes, 09 Junio 2017 08:18
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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