Punto de Referencia: EL CASO DEL DEFENSOR. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

 
 
El caso del Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, sindicado públicamente de acoso laboral primero, y de acoso sexual después, puede ser examinado desde varios puntos de vista.
 
En primer lugar, tiene derecho a un debido proceso sobre la base de la presunción de su inocencia, tanto por el aspecto disciplinario como desde el penal. Las redes sociales son mecanismos de veeduría pública que sirven para denunciar y para ejercer un control de la sociedad, en particular sobre los servidores públicos, pero desde luego, ni ellas, ni los medios de comunicación pueden desplazar, en el Estado de Derecho, a los jueces competentes, a la Fiscalía, ni al Ministerio Público.
 
Desde la perspectiva de lo público, como también lo hemos dicho en el caso de la Corte Constitucional, se podría pensar -si las pruebas exhibidas fueran muy contundentes y comprometedoras, cosa que hasta ahora no es muy clara- que para no afectar a la institución y adelantar la propia defensa sin ventajas, lo mejor sería que el funcionario se apartara transitoriamente de su cargo, diera un paso al costado y enfrentara a quienes lo sindican, ante los funcionarios competentes, por fuera del servicio y sin gozar de privilegios ni fueros.
 
Decimos que las cosas en este caso no están muy claras, puesto que el Defensor afirma haber mantenido una relación sentimental de más de un año con su antigua secretaria privada -que ahora lo sindica de acoso sexual-, y si ello es así, el cargo correspondiente cae por su base. Pero eso es algo que debe ser dilucidado en los procesos disciplinario y penal que se lleven a cabo. Únicamente sobre la base del debido proceso, rodeado el doctor Otálora de todas las garantías constitucionales, podría ser condenado.
 
Ahora bien, el Procurador General de la Nación y la Fiscalía deberían iniciar ya las investigaciones, porque la Defensoría del Pueblo es una de las instituciones de mayor importancia en el país; tiene a su cargo nada menos que la defensa de los Derechos Humanos, y su dirección no puede quedar indefinidamente en interinidad, menos por un asunto tan desagradable como este. 
 
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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