Punto de Referencia: UNA POLÉMICA EXTEMPORÁNEA. Por José Gregorio Hernández Galindo. Destacado

 
 
Ha surgido un debate singular entre el Presidente de la República y la Procuraduría General , acerca de si los servidores públicos participarían en política por el hecho de respaldar el plebiscito que el Gobierno propone  para refrendar los acuerdos de paz aún no firmados.
 
Quien esto escribe ha expresado públicamente sus observaciones sobre inconstitucionalidad, no del plebiscito -que es una figura perfectamente válida para consultar al pueblo sobre políticas o decisiones-, sino de las reformas aprobadas por el Congreso a la Ley Estatutaria de mecanismos de participación, cuya revisión se adelanta en la Corte Constitucional. Las razones de mis discrepancias han sido expuestas en esta columna y en otros escritos.
 
Pero, como solía decir el ex presidente Alfonso López Michelsen -que tanta falta le ha hecho al país en esta coyuntura-,  entendámonos: una cosa es que se tengan reservas y críticas de orden constitucional sobre las normas que el Ejecutivo pretende introducir en materia de plebiscito –en lo cual estamos de acuerdo con el señor Procurador- y otra muy distinta sostener que los servidores públicos incurran en falta disciplinaria si, en el evento de una posible pero todavía incierta convocatoria al pueblo para decidir si apoya o no los acuerdos de paz, se muestran favorables al plebiscito.
 
El debate en torno al segundo tema  carece de sentido actual. Es extemporáneo. Se plantea en un tiempo inoportuno. Por ahora, no hay plebiscito convocado; no hay ni siquiera una sentencia de la Corte sobre la exequibilidad de las disposiciones que modificarían la legislación estatutaria; tampoco hay una ley estatutaria referida al plebiscito por la paz; no hay un acto del Presidente de la República convocando al pueblo; no hay acuerdo de paz, ni se sabe cuál sería la pregunta que se formularía a los votantes; ni hay, por tanto, fecha para el plebiscito, ni campaña en marcha. En definitiva, no hay nada.
 
Así que carece de sentido que la Procuraduría anuncie sanciones por unas faltas disciplinarias que en este momento son  imposibles. Además de ser criticable que quien ejerce el poder disciplinario esté amenazando con rejo en mano  a quienes no comparten sus criterios, resulta equivocado calificar como participación en política el apoyo al “” o al “no” en la todavía incierta hipótesis de que se convoque a un plebiscito por la paz. Eso no sería participación en política, sino ejercicio del derecho ciudadano a tomar parte en un mecanismo de consulta al pueblo, que además  -en la hipótesis de su convocatoria- tendría como antecedente necesario la hoy también incierta declaración de exequibilidad de las normas estatutarias.
 
Por otro lado, si en gracia de discusión, apoyar el “” fuera participar en política, también lo sería respaldar el “no”, y entonces los funcionarios de Procuraduría que hoy hablan tendrían que ser sancionados.  
 
Modificado por última vez en Viernes, 20 Mayo 2016 08:26
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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