Punto de Referencia: INDIGNACIÓN. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

 

 

 

Principio esencial para una sociedad civilizada, en especial para un Estado de Derecho, consiste en evitar, aun en el caso de los peores crímenes, que las personas hagan justicia por sí mismas, pues para ello existe un aparato judicial que debe operar con celeridad y eficacia y aplicar la ley a nombre del Estado, haciendo justicia.

 

 

En tal sentido, no son de recibo los actos colectivos de retaliación y justicia por mano propia como los que se intentaron en Bogotá con el asesino de la niña Samboní o hace dos días, en Medellín, con la madre y el padrastro de un niño de apenas dos años, salvajemente asesinado por ellos, según lo que hasta ahora se ha divulgado por la policía y la comunidad. En otros casos se han perpetrado los linchamientos, sin que las autoridades hayan podido contener la rabia de la multitud.

 

 

Ahora bien, lo que hubo en esos casos -que si bien no justifica la justicia por mano propia, sí explica la reacción de la gente- es la indignación. Solamente pensar en el horrendo crimen cometido en la persona de un niño indefenso, a merced de la brutalidad de un padrastro cobarde y violento, con la complicidad de su propia madre, es algo que necesariamente subleva; que provoca ira, dolor, desesperación.

 

 

Pero, claro, también refleja una desconfianza en la justicia, que,  como lo hemos dicho, ha perdido credibilidad.

 

 

Afortunadamente en este caso, la administración de justicia ha operado en la etapa correspondiente y los dos incriminados han sido privados de su libertad. Viene ahora el proceso, y es de esperar que los abogados defensores no comiencen a buscar dilaciones ni pretextos para la impunidad, porque esa no es su función. Deben buscar que se haga justicia, previo un debido proceso y con las garantías constitucionales, sin tretas ni trucos. Y los fiscales y los jueces: justicia pronta y rigurosa, sin beneficios, ni negociaciones con los criminales.

 

 

Pero sí cabe preguntar: si, al parecer, en la vecindad se sabía lo que venía ocurriendo, como lo dijeron testigos en televisión, ¿por qué no denunciaron antes? Y, si hubo denuncias, ¿actuaron la as autoridades y en especial la policía, que tiene ahora instrumentos en el nuevo Código? ¿Por qué permitir que la violencia desatada contra el niño hubiera llegado hasta el punto de no retorno? ¿Por qué la madre participó, o al menos, por qué omitió su deber de denuncia? ¿Y no había otros familiares? ¿Supo algo el padre biológico? 

 

 

Son muchos puntos los que se deben investigar- Y mucho lo que debe estudiar el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para diseñar unas políticas de protección de los menores que permitan evitar hechos tan dolorosos como el que comentamos.

Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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