Por eso es tan importante el decreto expedido ayer por el presidente de la República. Porque, mediante él, se busca proteger a los niños, cuyos derechos básicos predominan sobre los derechos de los demás. Se desarrolla la Constitución Política y se da cumplimiento a tratados internacionales que obligan a Colombia a tomar todas las medidas necesarias con miras a que los menores no sean inducidos al consumo de estas peligrosas sustancias.
La Policía Nacional ha quedado autorizada para incautar y destruir la droga que porte en lugares públicos cualquier persona, sin que ello signifique penalizar o detener al consumidor. Éste, como lo dice la Constitución, debe ser atendido en su salud y sometido a tratamiento médico sobre la base de su consentimiento informado.
Se desarrolla lo previsto en el artículo 49 de la Constitución: El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica. Con fines preventivos y rehabilitadores la ley establecerá medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias. El sometimiento a esas medidas y tratamientos requiere el consentimiento informado del adicto. Así mismo el Estado dedicará especial atención al enfermo dependiente o adicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad, y desarrollará en forma permanente campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos".
Todo esto debe ser cumplido.