El levantamiento de las restricciones impuestas durante la pandemia puede poner en peligro derechos humanos fundamentales, como el contemplado en el artículo 15 de la constitución política, “todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar…”.
La actividad de los moteles históricamente ha sido ejercida de forma clandestina por quienes acuden a estos lugares, lo hacen con un toque de discreción, en busca de un espacio íntimo para sostener relaciones sexuales. El protocolo implementado para la reactivación de estos negocios, tan afectados con el cierre, exige un registro de la pareja, o de las personas que acuden al motel, lo que se puede considerar como una violación a la intimidad; ¿efectuar un registro de los clientes?, no es un secreto que un alto porcentaje de quienes acuden a los moteles, materializan en estos recintos la infidelidad, entonces ¿será conveniente que esta quede en algún registro?.
Sin hablar del protocolo de toma de temperatura a quienes ingresan, para que perder el tiempo con esto, si quienes ingresan a un motel van calientes o en calor..!!!!
La intimidad es un derecho humano fundamental que debe ser protegido por mandato constitucional, la infidelidad no es un delito, es una práctica cuestionada socialmente, y pecaminosa para la fe y la religión, moralmente no aceptada, pero dadas las cosas podríamos asegurar que el cacho goza de protección y no debe quedar registrado en ninguna base de datos, “habeas cacho”.
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