El Congreso, de manera unánime -no se opuso ninguno de los partidos- aprobó la Ley 1732 del 1 de septiembre de 2014, por la cual se dispuso que en todos los establecimientos educativos del país -los de primaria, los de secundaria y las universidades- se programe y dicta la Cátedra de la Paz.
Mediante ella, como dice su artículo 1, se busca “garantizar la creación y el fortalecimiento de una cultura de paz en Colombia”.
Se trata –como también lo expresa la norma- de crear y consolidar un espacio para el aprendizaje, la reflexión y el diálogo sobre la cultura de la paz y el desarrollo sostenible que contribuya al bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población”.
La consagración de esta cátedra tiene por objeto dar cumplimiento al preámbulo y a los artículos 22 y 41 de la Constitución Política de 1991.
Según el preámbulo constitucional, la paz es uno de los valores fundamentales de nuestro ordenamiento, y ha de buscarse -como los otros valores superiores- dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo.
El artículo 22 de la Carta establece que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Y, como lo señaló la Corte Constitucional al interpretarlo (Sentencia T-102 del 10 de marzo de 1993. M.P.: Dr. Carlos Gaviria Díaz), “la paz, en definitiva, no es otra cosa que el respeto efectivo de los derechos humanos”.
Por su parte, el artículo 41 de la Constitución establece: “En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución”.
A tales disposiciones debemos agregar lo dispuesto en el artículo 67 de la Constitución, a cuyo tenor “la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia”.
El Presidente de la República, Juan Manuel Santos, ha procedido a dictar el correspondiente decreto reglamentario, y al hacerlo sintetizó los propósitos centrales de estas importantes normas: "Debemos fomentar desde nuestros colegios escenarios de convivencia, de armonía y de compañerismo e iniciar el proceso con nuestros niños y jóvenes porque en ellos está el futuro de nuestro país. Hoy damos un gran paso en la construcción de esa paz con la que todos soñamos, esa paz que no se está negociando en La Habana sino que debe nacer desde el interior de cada colombiano en su cotidianidad".
En realidad, estamos ante una obligación a cargo del Estado y de los particulares, cuyo cumplimiento ha debido tener lugar mucho antes.
No cabe duda: el servicio que en esta materia le prestarán los establecimientos educativos de todos los niveles, en beneficio de toda la sociedad, es enorme. Es suficiente ver los noticieros de televisión, que a diario registran los casos de intolerancia y violencia, es suficiente para entender que la formación de los niños y jóvenes en la cultura de la paz es indispensable.