Punto de Referencia: LEGISLAR DE MANERA RESPONSABLE. José Gregorio Hernández Galindo Destacado

 

 

Se ha anunciado que hoy se votará finalmente en el Senado de la República el proyecto de ley mediante el cual se consagran las normas procesales aplicables por la Jurisdicción Especial de Paz (JEP).

 

Como lo hemos dicho, vinieron los afanes de última hora, y se actúa ahora contra reloj y en sesiones extraordinarias, tras haber perdido el Congreso la totalidad del año 2017, en que -vigente el denominado "Fast track"- podían ser aprobadas con mayor agilidad las normas de implementación del Acuerdo de Paz, y todo el segundo período de sesiones ordinarias de esta legislatura.

 

Es así precisamente como no se debe legislar, en particular respecto a un asunto tan importante como las reglas de procedimiento para una jurisdicción excepcional que comenzó a operar irregularmente y sin normas.

 

Lo que cabe solicitar ahora al Congreso es que proceda de manera responsable ante el país. Leyes de tanta trascendencia no pueden ser aprobadas con la precipitud e improvisación que han caracterizado el desarrollo normativo de los acuerdos de paz, con grave daño a las instituciones y al mismo proceso. Es necesario que se vote previo debate, a fondo y con participación de las distintas bancadas, introduciendo los correctivos y ajustes que, en ejercicio de su función, lo consideren necesario. No se trata de aprobar cualquier cosa, solamente por el afán.

 

Además, es importante advertir que en el trámite de toda ley rige el principio de consecutividad, en cuya virtud, en el último debate no pueden ser introducidos nuevos temas -no tratados, discutidos ni votados en debates anteriores-, a menos que vuelvan a ser allí discutidos. Por ejemplo, si el Senado aprueba hoy textos no conocidos por la Cámara de Representantes, deberían ser votados también por ella. Y si resultan textos diferentes en Senado y Cámara, es necesario convocar una comisión de conciliación para el trámite que prevé el artículo 161 de la Constitución, que dice: 

 

"Cuando surgieren discrepancias en las Cámaras respecto de un proyecto, ambas integrarán comisiones de conciliadores conformadas por un mismo número de Senadores y Representantes, quienes reunidos conjuntamente, procurarán conciliar los textos, y en caso de no ser posible, definirán por mayoría. Previa publicación por lo menos con un día de anticipación, el texto escogido se someterá a debate y aprobación de las respectivas plenarias. Si después de la repetición del segundo debate persiste la diferencia, se considera negado el proyecto".

 

Es exigible al Congreso legislar con seriedad y responsabilidad.

Modificado por última vez en Miércoles, 27 Junio 2018 09:51
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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