A diferencia de la normatividad que ha seguido al reciente proceso de paz -surgida bajo el signo de la polarización-, la Carta de 1991 fue concebida a partir del consenso entre los partidos y movimientos políticos de la época -liberalismo, conservatismo, Salvación Nacional, Alianza Democrática M-19, y las comunidades indígenas- , todos los cuales dirimieron sus diferencias ideológicas –que no eran pocas- mediante procedimientos democráticos y el mutuo respeto.
Como lo expresábamos en nuestra columna radial, fueron muchos y profundos los cambios institucionales que trajo consigo la Constitución: valores y principios fundamentales que han marcado positivamente el inicio del milenio ; soberanía popular; concepción democrática y participativa; consagración de mecanismos ordenados a la decisión del pueblo; reconocimiento expreso de la dignidad humana y la intangibilidad de los derechos humanos; exaltación de la justicia, la igualdad, el trabajo, la tolerancia y la solidaridad como fundamentos de la organización estatal; formulación de las bases institucionales en búsqueda de un efectivo Estado Social de Derecho; la más completa declaración de derechos fundamentales, políticos, sociales, económicos, laborales y colectivos, con acciones judiciales aptas para su defensa, efectividad y tutela judicial; declaración de la diversidad étnica y cultural de la Nación y de la igualdad real y sustancial para los grupos tradicionalmente discriminados y marginados; mayores poderes en cabeza de jueces y tribunales en guarda del imperio de la Constitución y la realización de los principios básicos; reivindicación de los derechos superiores de los niños y de la igualdad entre el hombre y la mujer; equilibrio entre las ramas y órganos del poder público; restricción a los estados excepcionales, para evitar conocidas arbitrariedades; descentralización territorial y mayor autonomía de las entidades territoriales; fortalecimiento del sistema de control constitucional. En fin, una Constitución, si bien extensa, decididamente progresista que ha servido de ejemplo a varias constituciones latinoamericanas, con instituciones como la Corte Constitucional y la acción de tutela. Armonía entre los postulados de la democracia y el sistema constitucional.
Infortunadamente, esa armonía duró poco, por causa del ejercicio irresponsable de la competencia de reforma en cabeza del Congreso. Cuarenta y seis reformas constitucionales, la mayoría innecesarias –y hay más proyectos en curso-, han terminado por desdibujar el sentido y el espíritu del 91. Ha brillado por su ausencia la sindéresis. La facultad al respecto se ha ejercido sin cuidado, sin mayor debate, sin el sentimiento constitucional del que hablara Karl Loewenstein. Y hoy tenemos una abigarrada suma de disposiciones constitucionales, con elementos los más disímiles y confusos, bien difíciles de interpretar; con no pocas incoherencias, algunas contradicciones y muchas normas inaplicadas.
Por si fuera poco, las reformas aprobadas en los últimos años, como apresurada implementación del Acuerdo de Paz, han completado un panorama constitucional incierto, manipulado e inestable.