Rechazadas en la Cámara de Representantes las objeciones a seis artículos del proyecto de ley estatutaria sobre la JEP, corresponde ahora al Senado decidir.
El Gobierno ha retirado dos de las objeciones planteadas, lo cual implica que ahora cree conveniente lo que antes pensaba que era inconveniente, y por tanto quedan cuatro artículos del proyecto sujetos al debate, que en realidad se ha convertido en un pulso de carácter político entre gobierno y oposición, desfigurando el sentido de la institución, relativa al fondo de los asuntos materia de la actividad legislativa.
La verdad es que el debate en el Senado descendió al nivel - no digno de los congresistas- de ofensas e insultos entre los senadores, desviando por completo la discusión hacia puntos diferentes.
El tema de las objeciones presidenciales se ha tramitado indebidamente. Primero se llevó por el Presidente de la Cámara a la Corte Constitucional, que se inhibió por falta de competencia. Y ahora se presenta una demanda de tutela contra la Cámara por el Presidente del Senado. Ni cabía la solicitud a la Corte, ni cabe ahora la tutela. Ni debería convertirse un debate legislativo en intercambio de ofensas y acusaciones. Lo que debe hacer el Senado, a la luz de la Constitución es resolver sobre lo que le compete : sí o no a cada una de las objeciones.
No es edificante esta serie de actos no contemplados en la Constitución respecto a un trámite normal relativo a la sanción de las leyes, que se ha dado muchas veces y que se ha sobre dimensionado en esta ocasión por tirios y troyanos.
Esto que ocurre no es lo que debería ocurrir en un estado democrático de Derecho. Y no se debe repetir.