El Congreso expidió la Ley 2009 de 2019, "POR MEDIO DE LA CUAL SE INCLUYEN SIN COSTO ADICIONAL UN PAQUETE DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS FINANCIEROS POR EL PAGO DE LA CUOTA DE MANEJO DE LAS TARJETAS DÉBITO Y CRÉDITO".
Los usuarios de los bancos se alegraron con el anuncio, pero bien pronto se desilusionaron, al conocer el texto de la norma.
Anuncia el artículo 1 de la misma que "las entidades autorizadas para captar recursos del público que cobren cuotas de manejo por las cuentas de ahorros, las tarjetas débito y las tarjetas crédito, deberán garantizar mensualmente a sus usuarios el acceso a un paquete mínimo de productos y/o servicios sin costo adicional".
Las normas mencionan 6 servicios o productos para cuentas de ahorro (Talonario o libreta, consignación nacional, retiro por ventanilla en oficina diferente a la de radicación de la cuenta, copia de extracto en papel, certificación bancaria, expedición de cheque de gerencia); 5 para tarjetas débito (retiros red propia, consultas red propia, certificación bancaria, consignación nacional a través de oficinas o de cajeros); y 4 para tarjetas de crédito (avance en cajero de la misma entidad, avance en oficina, consulta de saldo en cajero de la misma entidad y reposición por deterioro).
De cada grupo de servicios o productos mencionados, el usuario tendrá derecho a tres -solamente tres- gratuitos, pero en primer lugar, no es el usuario el que escoge esos tres productos o servicios gratuitos. Lo hace el Banco. Los otros tienen costo.
Pero, además, el carácter gratuito solamente tiene vigencia por un mes. Según el artículo 2 de la Ley, las entidades deben comunicar a los usuarios "la composición del paquete mínimo de productos y/o servicios al que tendrán acceso sin costo. adicional en el respectivo mes". Es decir, lo que es gratuito este mes, puede ser costoso al mes siguiente, y a la inversa. Un caos, y un engaño a los usuarios. Muy similar a los tres días al año sin IVA.